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OFICIOS DE ESTILO EMITIDOS POR LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA
- Consulta : 228764
- Autor : undertakerlasangre_NR
- Publicado : Lunes 05 de Mayo de 2014 13:17 desde la IP: 189.146.136.231
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,077
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 05 de Mayo de 2014
Estado de Referencia: Distrito Federal
PARA EFECTOS DE PERFECCIONAMIENTO DE UN EMBARGO, LOS OFICIOS DE ESTILO QUE EN ESE SENTIDO EMITEN LOS JUZGADOS, LOS TIENE QUE DILIGENCIAR UN ACTUARIO? O LOS AUTORIZADOS DE LA PARTE INTERESADA LO PUEDEN HACER? SON OFICIOS DIRIGIDOS A LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES, UNA INSTITUCIÓN BANCARIA Y EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE MÉXICO. EL INMUEBLE EMBARGADO ESTA EN UN MUNICIPIO DIVERSO DEL QUE CONOCE DEL JUICIO. GRACIA DE ANTEMANO POR SU RESPUESTA. RAUL ORTIGOZA
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 354236
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Fecha de respuesta: Lunes 05 de Mayo de 2014 13:38 2014-05-05 13:38 desde IP: 189.189.245.1
Raul, estos oficios no los hace la parte litigante, son notificaciones que forzosamente tiene que realizar un ACTUARIO, a veces no son por oficio, sino notificando el auto que ordena el embargo.
Tu abogado sabe qué hacer.. y si no tienes, no entiendo cómo llegaste a esa etapa procedimental, suertudo.
Esto es un oficio, casi una ciencia.
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