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PUEDO SOLICITAR PENSION ALIMENTICIA A MI ESPOSA....VIVO CON MIS 2 HIJOS Y ELLA NOS ABANDONO

  • Consulta : 144540
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Sábado 31 de Marzo de 2012 11:50 desde la IP: 189.212.53.118
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenos dias señores lic.

    Vivo en el Edo. de Mex. Hace 1 año y medio mi esposa entro a trabajar como policia auxiliar en el D.F y  en solo dos meses se enamoro de otra persona....en ese tiempo me dieron credito por parte de mi trabajo (soy policia preventivo) para comprar casa y desde el primer dia que me mude con mis dos hijos de 11 y 6 años, ella decidio separarse y solo viene ocacionalmente. Ella vive con su mama en el D.F pero muchas veces no llega a dormir. Ya llevo 8 meses separado de ella y con lo que me descuentan por la casa, los gastos de comoda, pasaje y escuela, no me alcanza.

    Mis prteguntas son:

    -Puedo solicitar en su trabajo pension alimenticia para mis 2 hijos

    -Debo de tramitar algun acta por abandono de hogar.....yo trabajo en las noches y se quedan solitos mis niños y me preocupa que les pueda pasar algo y yo seria directamente el responsable por k no tengo quien me los cuide o no puedo pagarle a alguien para que los vea, por falta de liquidez.

    -Estoy casado por bienes mancumonados......ella dice que en cualquier momento me puede quitar la casa..¿eso es cierto?....aun no empezamos a tramitar el divorcio......pero si ella desde que estoy empezando a pagar la casa, no ha vivido aqui.

    Muchas gracias por su atencion.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 260333

  • 098nairda
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    BUEN DÍA.

    Sí, Usted puede demandar en el Estado de México, ya que es el domicilio conyugal, Pensión Alimenticia de la señora, y si lo desea también el divorcio por las causales que marca el artículo 4.90 fracciones IX y XII del Código Civil para el Estado de México, estas causales se refieren a "la separación del domicilio coyugal por más de 6 meses sin causa justificada" y "la negativa de los conyuges a darse alimentos o de darlos a los hijos".

    En cuanto a los bienes, estos pertenecen a ambos, al igual que las deudas y se deben repartir en igual proporcion.

    Si usted quisiera proceder de esta forma puede acudir a los tribuanles mas cercanos a su domicilio y solicitar la asistencia de un defensor público, de quien sus servicios son gratuitos y por lo que he visto en general sus servicios son buenos.

    ESPERO LE SIRVA MI COMENTARIO, PARA CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN ESTOY A SUS ORDENES.

    ATENTAMENTE

    LIC. ISRAEL JUÁREZ.

    E-MAIL: israel-abogado ARROBA h o t m a i l .c o m   o   asesoria-juridico-legal ARROBA h o t m a i l . c o m

    CEL: 044 55 28 62 68 46.  



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