Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

RECUPERAR MI CASA

  • Consulta : 125339
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Martes 13 de Septiembre de 2011 21:07 desde la IP: 201.114.132.227
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,068
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Hola buenas noches mi problema es el siguiente le deje mi casa a mi ex esposa en comodato y se vence en noviembre del presente pero hace tres meses mi ex esposa ya o vive en el inmueble esta ya abandonado saco todas sus cosas  ahora vive en su casa q saco por medio de fovisste, entonces por esta razón yo le pedi la casa pero ella me dice que me la va a dar atraves del juzgado, entonces no se qué es lo que quiera ella intentar con esa acción, lo único que me a pedido es q le aumente la pensión de mi hija pero la pensión que le doy es justa y cubre sus necesidades, y además pues  esto  es un asunto aparte.no creo que por medio de este problema ella me quiera sacar mas dinero.. q puedo hacer? Por sus consejos gracias..

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 238938

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Pues lo único que puedes hacer es acudir con el profesionista que te asesoró en el contrato de COMODATO, para que te diga qué es lo conducente.

    o no me digas que tú solito hiciste el contrato de comodato, y tu divorcio....

    Ni modo, sea en Pachuca o en el Cardonal, o donde estes, necesitas que un Licenciado en Derecho verifique los términos y claúsulas del contrato de Comodato que tienes celebrado.

    Suerte.



  • Autor
    Respuesta No: 239073

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    HOLA BUENAS NOCHES

    NO MENCIONAS SI FIRMARON CONTRATO O FUE VERBAL?

    USTED PUEDE DAR POR TERMINADO EN CUALQUIER MOMENTO EL CONTRATO DE COMODATO, SEGUN LO ESTIPULADO EN LA LEGISLACION SUSTANTIVA DE HIDALGO.

     

    Artículo 2501.-

    Si no se ha determinado el uso o el plazo del préstamo, el comodante podrá exigir

    la cosa cuando le pareciere. En este caso, la prueba de haber convenido uso o plazo, incumbe al comodatario.

    Artículo 2502.-

    El comodante podrá exigir la devolución de la cosa antes de que termine el plazo o

    uso convenidos, sobreviniéndole necesidad urgente de élla, probando que hay peligro de que ésta perezca si continúa en poder del comodatario, o si éste ha autorizado a un tercero a servirse de la cosa, sin consentimiento del comodante.

     

    RECOMIENDO QUE LLEGANDO LA FECHA ESTIPULADA POR USTEDES PARA LA TERMINACION DEL COMODATO, LLEVES A CABO LA ACCION DE TERMINACION DEL COMODATO  Y MANIFESTAR TU DESEO DE NO QUERER CONTINUAR CON EL CONTRATO DE COMODATO YA SEA VERBAL O ESCRITO

     

    Y CON RESPECTO AL AUMENTO DE LA PENSION QUE TE DEMANDA TU EX, TE RECOMIENDO QUE SIGAS CUMPLIENDO CON TU OBLIGACION ALIMENTARIA, EN TDO CASO SI LA SEÑORA QUIERE DEMANDAR MAS ALIMENTOS DEBERA DE ACREDITAR QUE TUS INGRESOS AUMENTARON O EN CASO LAS NECESIDADES DE LOS MENORES, EN POCAS PALABRAS DEBERA DE ACREDITAR SU ACCION.

    SALUDOS

     

     



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión