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SE PUEDE EMBARGAR O REMATAR UNA CASA DE INFONAVIT

  • Consulta : 106139
  • Autor : cjchavez_NR
  • Publicado : Viernes 18 de Marzo de 2011 14:24 desde la IP: 201.131.120.3
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,170
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  • Autor
    Consulta

  • cjchavez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    Buen dia mi pregunta es, es probable que se pueda embargar y rematar una casa que no a sido pagada en el infonavit

     

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  • Autor
    Respuesta No: 215675

  • GABRIEL CHISCO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante. Tu pregunta es ambigua e imprecisa. Pero tratando de interpretarla en un sentido amplio, te comento que si adquiriste el inmueble a través de un crédito del infonvit, debiste firmar ante un notario publico el instrumento jurídico correspondiente (Escrituras). Que por cierto te invito a que las leas con detalle, púes en ellas encontraras lo siguiente: 

    Por ley  se establece que las escrituras que se suscriten en este tipo de actos, deben tener por lo menos dos apartados. En el primero, todo lo relativo al crédito que te hace el infonvit para la compraventa del inmueble (cantidad, forma de pago, plazo, condiciones, etc.,). En el segundo, lo relativo a la hipoteca que se constituye a favor del infonavit para garantizar la totalidad de pago por la cantidad financiada. En este caso el notario por ley manda a anotar en el registro público de la propiedad de la ciudad en donde se ubica el inmueble la hipoteca a favor del Infonvit, que solo se puede eliminar hasta que se liquido la deuda al infonivt.

    Con este hecho, el infonvit se garantiza legalmente que el acreditado no pueda vender, hipotecar, ofrecer en garantiza u otro acto semejante con el inmueble que hasta entonces legalmente le pertenece al Infonivt, tu solamente eres usufructuario y serás propietario hasta que liquides el crédito. En caso que tu hicieras algún acto mencionado anteriormente el infonivt te puede demandar a ti y te puede quitar la casa.

    Por otra parte, en algunos casos, engañosamente ciertos acredores tuyos (bancos, empresas o abogados deshonestos) procuran cobrarse y adjudicarse estos inmuebles a través de acciones de embargos judiciales o extrajudiciales.  Esto debido a que algunos jueces indiscriminadamente conceden la orden de embargo sin más tramite, y en otros casos estos acredores ni siquiera cuentan con esta orden de embargo, actuando fuera de la ley.

    Pero en el caso que estos acredores obtengan la orden de embargo judicial, tu debes dar parte al infonvit a través del mismo juez. Para que este como tercero interesado intervenga y haga valer su derecho de preferencia y exclusión sobre otro posible acredor. Y así contrarestar la acción de embargo. Pues, como ya quedo dicho la función de la hipoteca, es que no se pueda ejercitar ninguna acción judicial o extrajudicial sobre el inmueble que mientras no se haya liquidado totalmente le pertenece al Infonavit.

    Para mayor asesoría favor de comunicarte con un servidor, Abogado Gabriel Chisco Zaragoza al email: gchisco h o t m a i l. com

     



  • Autor
    Respuesta No: 215694

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No concuerdo con la opinión dada por el forista anterior. Claro que se puede embargar una casa del infonavit, pues el titular del derecho de propiedad lo es ya el trabajador.

    Además es incorrecta la aprecicación de que por el hecho de estar HIPOTECADA  la casa no puede ésta salir del dominio de la persona que garantizó con la hipoteca, ya que SÍ se puede, una casa hipotecada puede ser vendida a tercero, claro que éste tercero puede sufrir la pérdida del bien al ejecutar la hipoteca, pero es totalmente válido.

    ´Tan válido es que incluso se puede hipotecar un bien dos o más veces, sin ningún problema. Es así como en el caso de los co financiamientos que se establece una hipoteca a favor de INFONAVIT Y otra EN FAVOR DE LA INSITUTICIÓN CREDITICIA.

    Lo que comenta el forista anterior de que la casa no puede ser vendida, u ofrecida en garantía no es en virtud de la HIPOTECA, sino el mismo contrato de apertura de crédito, donde se establece que el trabajador, como cláusula, que el trabajador no puede vender la casa sin consentimiento del INFONAVIT, y en caso de hacerlo, entonces se vencerá anticipadamente el contrato de apertura de crédito y podrán exigir el pago total del crédito al trabajador, pero no es por la hipoteca.

    Por ello es que si puede ser embargada la casa de INFONAVIT, toda vez qe ya el dueño lo es el trabajador, sin embargo no es muy recomendable, porque quien adquiera  esa casa en caso de que el trabajador no pague el crédito se lo exigirán al dueño de la casa adquirida en el remate, pero de que se puede se puede.



  • Autor
    Respuesta No: 215695

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Solo para concluir, tan la casa es propiedad del trabajador que por ello es que se constituye en favor del infonavit la hipoteca, ya que si la casa no fuera del trabajador no podría hipotecarse, toda vez que nadie puede hipotecar sino lo que es de su propiedad.



  • Autor
    Respuesta No: 263654

  • ANGELON
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    HOLA YO VENDI MI CASA DE INFONAVIT FICTICIAMENTE A MIS SUEGROS, TODO ANTE NOTARIO PUBLICO, CON TAL QUE POR DEUDAS NO PUEDAN EMBARGARME, LA VENTA FUE CON RECONOCIMIENTO DE DEUDA, PERO COMO A MI ME INTERESA LA CASA YO LA SEGUIRE PAGANDO NORMALMENTE COMO SIEMPRE HASTA QUE YO MUERA O 20 AÑOS QUE ME QUEDAN POR PAGAR.



  • Autor
    Respuesta No: 263657

  • legallic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    si es posible embargar el inmueble, pero si el credito de infonavit no ha sido cubierto, el infonavit se apersonara como acreedor preferente y se quedara con el producto del remate, saludos y suerte en su asunto.



  • Autor
    Respuesta No: 263660

  • nazario
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    ANGELON

    LEGALLIC ;

    Esta consulta fue subida al foro el dia18 de marzo de 2011,

    es obsoleta

     

    Saludos.





  • Autor
    Respuesta No: 263774

  • ANGELON
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No sera embargada porque ante el registro publico de la propiedad esta enterada y el registro hara parecer y figurara el nuevo propietario, y ademas se puede hacer una justificacion de la venta con el pago de un adeudo. Saludos a todos



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