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ORAL MERCANTIL

  • Consulta : 274075
  • Autor : IAASA
  • Publicado : Sábado 15 de Agosto de 2015 20:36 desde la IP: 187.189.157.18
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,078
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  • Autor
    Consulta

  • IAASA
    USUARIO REGISTRADO

    Como es sabido de muchos de ustedes, NO soy Abogado, solo soy un entusiasta del tema.

    En tribunales del Distrito Federal, dentro de un Juicio Oral Mercantíl, durante el desahogo de una confesional, por regla general, el absolvente debe ser categoríco en sus respuestas, esto es contestar con un "SÍ"  o un "NO", PERO LE ESTÁ PERMITIDO HACER LAS ACLARACIONES QUE CONSIDERE PERTINENTES PARA CADA UNA DE SUS RESPUESTAS.

    Por ello la pregunta es: ¿El absolvente puede hacer uso del Código de Comercio, o de cualquier otro instrumento legal que considere necesario para fundar las aclaraciones que dé a sus respuestas?, de no ser permitido, ¿cual es el fundamentl legal para prohibírsele?.

    Desde ya, muchas gracias a los foristas que me brinden sus respuestas y comentarios.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 384889

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Se omite responder a "un entusiasta del tema" que sabe que existe un Código de Comercio que ha omitido consultar con todo y lo entusiasta que es.



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