- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
PAGO DE DíAS FESTIVOS
- Consulta : 264347
- Autor : rasa.faby.08_NR
- Publicado : Miércoles 29 de Abril de 2015 18:24 desde la IP: 201.142.138.225
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,075
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 29 de Abril de 2015
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 378843
-
Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Abril de 2015 19:11 2015-04-29 19:11 desde IP: 187.176.101.171
No, no es legal.
En principio, debo decirlde que el hecho que el contrato de trabajo no se haya celebrado por escrito, no trae como consecuencia la inexistencia del contrato, ya que éste es el acuerdo de voluntades para crear derechos y obligaciones recíprocos, y por tanto, la Ley Federal del Trabajo establece que la falta de esa formalidad (contrato escrito), es atribuible al patrón y, por tanto, no puede privar al trabajador de los derchos laborales adquiridos.
Consecuentemente, el patrón, en los casos en que sus trabajadores le prestan servicios en días de descanso señalados por la Ley como obligatorios, debe pagarles, además del salario por hora que corresponde a ese día de asueto, el doble del salario por el tiempo trabajado en el mismo.
Si en su caso, el patrón no les paga, ni a usted ni alos demás trabajadores el tiempo que laboren en un día de descanso obligatorio, ACUDA INMEDIATAMENTE ala Procuraduría de la Defensa del Trabajo, ya que podrá reclamar los días trabajados en un año anterior a la fecha de presentación de la demanda; ahí le asignarán a un abogado de ofico que se encargue de realizar los trámites necesarios.
-
Autor





