Estado de Referencia: Coahuila
Me despidieron por Quiebra de empresa 20 mayo de 2011, ingrese el 01 enero 1999, sueldo $125.85 diarios, vacaciones por año 15 días, aunque este año fueron 6 días (semana santa).
El patrón me liquidaba asi: - antiguedad $30,204, vacaciones proporc 16 días $2,013.60, prima vacacional $503.40,idemnizacion $11,326.50, aguinaldo proporcional 3.75 $471.94 en total $44,519.44
En la Procuraduría de la defensa del trabajo me dijeron que están de acuerdo con los Patrones y nunca a favor del trabajador (al menos aquí en Saltillo), me calcularon $29,984.17
Es el mismo concepto Art. 50 Indemnizacion/liquidacion 20 días salario por cada año de servicios, que el
Art. 162 Prima de Antiguedad?
Me pueden hacer el cálculo correcto y como puedo hacer valer mis derechos, Soy uno de los últimos 4 empleados que faltan de liquidar en la empresa y supuestamente ya no tienen más dinero para liquidarnos