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LIQUIDACIóN

  • Consulta : 114074
  • Autor : mblancaestela_NR
  • Publicado : Miércoles 25 de Mayo de 2011 11:35 desde la IP: 187.192.20.12
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,064
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  • Autor
    Consulta

  • mblancaestela_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    Me despidieron por Quiebra de empresa 20 mayo de 2011, ingrese el 01 enero 1999, sueldo $125.85 diarios, vacaciones por año 15 días, aunque este año fueron 6 días (semana santa).

    El patrón me liquidaba asi: - antiguedad $30,204, vacaciones proporc 16 días $2,013.60, prima vacacional  $503.40,idemnizacion $11,326.50, aguinaldo proporcional 3.75  $471.94 en total $44,519.44

    En la Procuraduría de la defensa del trabajo me dijeron que están de acuerdo con los Patrones y nunca a favor del trabajador (al menos aquí en Saltillo), me calcularon $29,984.17

    Es el mismo concepto Art. 50 Indemnizacion/liquidacion 20 días salario  por cada año de servicios, que  el

    Art. 162 Prima de Antiguedad?

    Me pueden hacer el cálculo correcto y como puedo hacer valer mis derechos, Soy  uno de los  últimos 4 empleados que faltan de liquidar en la empresa y supuestamente ya no tienen más dinero para liquidarnos

     

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