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FINIQUITO MAL CALCULADO

  • Consulta : 229786
  • Autor : andrea.rosas_lo_NR
  • Publicado : Sábado 17 de Mayo de 2014 11:36 desde la IP: 187.201.121.162
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • andrea.rosas_lo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Qué tal Buenas Tardes.

    Espero me puedan ayudar ya que este problemita me esta estresando un poco.

    El asunto esta en que trabaje como asistente de una diseñadora grafica 1 año y medio con un sueldo de $1,250 pesos quincenales y con goce de 6 dias de vacaciones al año, no estoy inscrita al IMSS y tampoco firmamos un contrato ya que ella me traía con que para el otro mes ahora si firmamos.

    Bueno despues de 1 año 3 meses mi jefa se fue de incapacidad por su embarazo 3 meses en los que me estuvo pagando aún si  trabajar y no me dió agunaldo argumentando que me había pagado sin estar laborando, despues de esto me dice que ya no cree poder seguirme pagando debido a que que ya había nacido su hija, y me propone seguir trabjando solo 2 días a la semana por la mitad del sueldo a lo que obviamente le dije que no.

    Ya al momento de estamos arreglando lo del finiquito me manda un correo que me dice te corresponden $400 pesos y sin más explicación, me mando una carta de renuncia que le tengo que llevar firmada, pero la verdad se me hace extraño ya que en otros trabajos por menos de 6 meses me pagaron $1,000.

    Espero que me puedan ayudar a calcular lo que me corresponde. Gracias 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 355019

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No firme usted ninguna renuncia, dado que quien desea dar por terminada la relación laboral es el patrón.

    Por otra parte, la circunstancia que debido al embarazo de su empleadora, no le llevara trabajo, no la liberaba a ella de seguir pagándole su salario, dado que la falta de prestación de servicio por parte suya, fue responsabilidad de ella; igualmente, por las mismas razones, debió cubrirle su aguinaldo.

    También, al señalarle, cualquiera que sea la razón con la que pretenda argumentarlo, que ya no podrá seguirle pagando, y pretender modificar unilateralmente las condiciones de trabajo, equivalen a un despido injustificado, por lo que en esas condiciones, usted tiene derecho al pago de 3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional, más 12 días de salario por cada año de servicios prestados o parte proporcional, por concepto de prima de antigüedad, así como las vacaciones y prima vacacional correspondientes al primer año de servicios prestados y la parte proporcional de vacaciones y prima vacacional por el tiempo trabajado después de ese primer año de trabajo, junto con el aguinaldo 2013 y la parte proporcional del 2014.

    Adicionalmente, debo señalarle que su patrón ha incurrido en una grave infracción, que inclusive puede tener consecuencias penales, dado que el salario que le cubría quincenalmente, es inferior al salario mínimo vigente en el Distrito Federal, por lo que también podrá reclamar el pago de diferencias existentes entre el que devengaba y el mínimo correspondiente.

    Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, a fin de que le asignen a un abogado de oficio que se encargue de lelvar a cabo los trámites para la defensa de sus derechos laborales.



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