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AYUDA URGENTE POR FAVOR NO IGNOREN OCUPO ASESORIA SOBRE RENTA DE LOCAL COMERCIAL

  • Consulta : 280474
  • Autor : lizander
  • Publicado : Lunes 18 de Julio de 2016 15:08 desde la IP: 189.219.120.39
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • lizander
    USUARIO REGISTRADO

    estoy rentando locales en una plaza comercial y ya e tenido muchos problemas porque se iso cambio de administracion y ahora salieron que tengo un saldo vencido desde hace mucho tiempo que porque algunas renta no se pagaron completa y a estado generando intereses desde hace mucho tiempo yo siempre e pagado lo que me an dicho que page en la oficina pero la nueva administradora esta terca que tengo que pagar le pido que me de un estado de cuenta desde enero hasta hoy y no me a dado nada porque yo se que no devo porque si deviera algo de un mes atrasado lo deverian cobrar al mes que sige antes te llevavan a tu local un papel donde se decia lo que se tiene que pagar y es lo que pagaba pero ya no an llevado papeles y voy y lo pido y me dicen que yo se lo que tengo que pagar y es lo que e pagado quisiera saber si se puede hacer algo porque hace 3 meses que page me dicen que no hay adeudos pendiente y al otro mes me salen que se deve desde hace meses un pendiente y se an ido inclementando mes tras mes por los intereses y les digo como va a ver un adeudo si cuando page pregunte y me digieron que no avia total que no e pagado este mes porque no me quieren resolver solo me dicen que eso es lo que se deve y es lo que se tiene que pagar y son mas $14 mil que me quieren cobrar por atrasos aparte hay un problema porque hace 5 años deje un local desde la primera administracion que ubo y ahora salieron que no hay registro que lo dejara y todavia esta a mi nombre y que tiene un adeudo de 30 mil que tengo que pagar yo ya hable con la administradora pero no escuha le dije el local lo deje hace 5 años por eso mismo que lo deje ya no abia firmado contrato de renovacion y tampoco me abian dicho nada que todavia estava a mi nombre desde hace 5 años hasta ahora que usted me esta diciendo que esta a mi nombre y tengo que pagar si no afectara mis demas locales y yo soy el que deveria estar enojado porque estan usando mis datos personales e informacion de aval despues que que yo ya abia entregado el local hace 5 años lo que creo es que la administradora esta haciendo lo posible por hacer que entrege mis locales son 2 los k tengo porque es muy extraño que salga un adeudo pendiente de un mes a otro y que digan que se deve desde hace meses cuando se supone que si quedo pendiente de un mes se deve de cobrar al que sige ese pendiente y tengo recivos de enero y febrero donde me mandavan recibo de cuanto devia y se pago pero se los muestro a la administradora y que no le importa porque ella no sabe nada de esos pagos que porque fue en una administracion pasada

     

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  • Autor
    Respuesta No: 389887

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    Todo eso debes arreglarlo con tu contrato de arrendamiento.

    Si en el mismo se estipula que pagas una renta mensual y de servicios de cantidad X, pues lo pagas al arrendador y se te debe entregar un recibo. En todo cobro que te hagan debes pedir un recibo que ampare esa cantidad y si no te lo quieren dar, consignas ese dinero ante un Juez, para que se vea tu voluntad de cumplir y que tu arrendador no quiere emitir el recibo.

    El problema que vemos, es que al parecer todo lo quieren hacer de palabra y para todo tienes que tener un documento que ampare tus hechos… Si la administradora te exige un pago que hiciste y tienes comprobante del mismo, no debes convencerla de que ya pagaste, simplemente lo hiciste y ya… si te demandan, será al Juez a quien le demostraras que estas al corriente de tus pagos… pero guarda todos tus documentos.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”



  • Autor
    Respuesta No: 389893

  • lizander
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    PeregrinaSalazar gracias el problema que veo y con lo que no estoy deacuerdo es que me quieran cobrar un supuesto adeudo de hace tiempo cuando hace poco me decian que estaba bien sin adeudo el problema es el cambio de administracion porque en la administracion anterior me decian que estava bien y en esta me dicen que hay adeudo de hace meses y que se an ido acumulando mes tras mes y si hay un adeudo no es mi problema sria de administracion porque no me lo avian cobrado antes



  • Autor
    Respuesta No: 389895

  • PeregrinaSalazar
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches.

    Lo que te recomendamos es que tengas recibo de pago de todo… sino te quieren decir en que consiste ese adeudo, debes esperar a que lo exijan legalmente y para ello debes saber cuales son tus obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento… .

    Es decir, debes tener recibos de renta, debes tener recibos de luz, agua, teléfono, etc, si te dan servicios… Si te dan mantenimiento, te deben dar recibo… Obviamente todos estos pagos deben estar estipulados en tu contrato y por ello, tú sabes cuales son las deudas que tienes o no y debes tener los documentos que lo justifiquen... tampoco puedes esperar a que te digan que debes y esperar a que te lo exijan para pagar si viene en el contrato el catalogo de obligaciones.

    De esa era, si luego llega el administrador y te dice que no tienes los recibos de gas (Cuando no usas gas y además no viene en tu contrato), es absurdo que quieran que cumplas con algo que no viene pactado… tu cumple con lo que dice tu contrato y así no te podrán rescindir el mismo por incumplimiento.

    “Peregrina & Salazar, Bufete Jurídico Especializado”



  • Autor
    Respuesta No: 389899

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    lizander

    La solución a sus problemas va en dos partes, una para pagar las nuevas rentas que se van causando, y otra para los supuestos o reales adeudos atrasados.

    Usted debe pagar las rentas actuales mediante consignación en pago de las mismas, lo cual se logra entregando un escrito a un juzgado, acompañando billete de depósito del Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros S. N. C. (bansefi) por el monto de la renta mensual que corresponda a cada local que usted tiene en arrendamiento.

    En estas promociones (una por cada local) se debe mencionar que la renta es a favor de XX persona (física o moral según corresponda), su domicilio, el domicilio del local por el cual se genera la renta, el mes por el cual se paga, el concepto (renta) y la mención de que la arrendadora se niega a recibirle las rentas.

    Para estas promociones, deberá contar con el auxilio de un abogado que puede ser el de oficio, y ya que tenga la segunda de ellas por cada local, usted las podrá hacer por sí mismo, pues bastará cambiar la fecha del mes por el que se paga, y la fecha del escrito.

    Aclaro que en el Distrito Federal las consignaciones se entregan en una denominada "Dirección de Consignaciones Civiles", pero en los estados de la República Mexicana se carece de esta dependencia y las consignaciones van a un juzgado civil.

    En lo tocante a los adeudos de rentas atrasadas, le doy la buena, mejor dicho magnífica noticia de que si el local que usted dice haber entregado hace cinco años aparece ocupado por otra persona (aunque sea como bodega), entonces usted podrá acreditar dos cosas: 1a. Que usted entregó tal local, y 2a. Que la administradora está cometiendo el delito de fraude en grado de tentativa y, por lo tanto, ella deberá recibir sanción de juez penal además de perder el trabajo porque su patrón NO le puede tener confianza al tratarse de un delito patrimonial.

    Por otra parte, es importante que sepa que en el Código Civil existe una figura jurídica denominada "prescripción", misma que establece que las rentas vencidas prescriben en un plazo de cinco años (en el Distrito Federal y en Nuevo León), prescripción que se da mes por mes, pero en este renglón usted es omiso respecto de manifestar si le está cobrando las rentas actuales y si el local está ocupado por otra persona.

    Como usted ve, ya de entrada las noticias que le proporciono son muy buenas, lo malo es que en su consulta usted omitió precisar en qué parte de la República Mexicana son los hechos, de tal manera que le informo que en el Distrito Federal el fundamento legal es el artículo 1,162 del Código Civil, mientras que en Nuevo León es el 1161 de su Código Civil.



  • Autor
    Respuesta No: 390001

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Desde un principio reconocí que este forista duplicó su consulta y por ello me he abstenido de hacer comentario alguno, pero ahora resulta peor, pues con toda la desfachatez del mundo este consultante escribe que tiene "varias publicaciones" queriendo decir que ha hecho su consulta en varias ocasiones.

    En efecto, en alguna otra consulta escribió que escribe de Nuevo León, pero asienta que su problema es de la "plaza de la tecnologia" (SIC) siendo esta consulta la número 280490; y en la diversa número 280474, ya le di alguna explicación acerca de la prescripción de las rentas con fundamentos legales de Nuevo León y del Distrito Federal, mientras que PeregrinaSalazar le dio otros consejos.



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