Estado de Referencia: Querétaro
Tengo un trabajador en periodo de prueba de treinta dias, con todo lo que marca la ley. A los dos días se incapacito por enfermedad general, que aplica en esta situación?, Lleva una incapacidad de 56 días, el tiempo de prueba concluyó, puedo despedirlo en cuanto regrese al trabajo?
puedo despedirlo incapacitado?
sus prestaciones siguen corriendo si ya termino el periodo de prueba pero no puedo despedirlo por la incapacidad?
Agradeceré sus respuestas.