Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DIA DE DESCANSO Y DIAS FESTIVO

  • Consulta : 185241
  • Autor : gerard_1309_NR
  • Publicado : Viernes 01 de Febrero de 2013 22:34 desde la IP: 189.204.47.179
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,073
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • gerard_1309_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Tengo una duda en mi empresa dicen que si cae el dia festivo en el dia de mis descanso se pierde automanicamente y no se me paga con otro dia esto es cierto? En mi empresa nos impusieron los descansos los dia lunes y miercoles, entonces la mayoria de los dias festivos son movibles a lunes y yo descanso los lunes hay algun apartado en la ley federal del trabajo donde especifique esto. 

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 301240

  • Montyel
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    alt="CONSULTORIO " src="https://mssl.mail.live/Handlers/ImageProxy.mvc?bicild=&canary=E7rntqUtzu3E0WoSc%2bnZSlaIePsOD%2bVVD7yMB8PMs8Y%3d0&url=http%3a%2f%2fadmingaleon.hispavista%2fimagenes%2fasistente%2fgaleria%2fgaleria%2fanimaciones%2fnext%2fbola.gif" style="margin-right: 10px; float: left; width: 50px; height: 50px;" />

    CONSULTORIO JURIDICO DE HIDALGO

      ASESORIA JURIDICA       

     

                           



  • Autor
    Respuesta No: 301241

  • Montyel
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    TENDRIAS QUE CHECARTE  el Reglamento interno, no creo que sea tan grave como para irse a la Ley, aun asi no lo contempla

    ATENTAMENTE

    Montyel2_22 arroba live com mx



  • Autor
    Respuesta No: 301246

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada:

    La Ley Federal del Trabajo establece que por cada 6 días laborados se debe otorgar al trabajador 1 día de descanso, el cual preferiblemente debe ser el domingo, sin embargo los dias de descanso pueden ser pactados entre patrón y trabajador, respetando lo antes mencionado.

    Si el dia de tu descanso coincide con un dia festivo no laborable, no implica que te deban de dar otro dia de descanso o que se pierda pues tu tomas tu dia independientemente de que sea festivo o no.

    Si descansaras los martes tendrias dos días, crees que la empresa por ese motivo te puede decir que como ya descansaste el lunes, ya no te toca descanso el martes? No verdad, en tu caso no hay ninguna violacion a la ley,

    Saludos.



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión