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CUMPLIR LAUDO
- Consulta : 107673
- Autor : macoy62_NR
- Publicado : Viernes 01 de Abril de 2011 02:51 desde la IP: 189.157.130.188
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,075
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 01 de Abril de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 217561
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Abril de 2011 09:20 2011-04-01 09:20 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Si su abogado no sabe qué hacer, entonces, definitivamente, no contrató a un abogado especialista en derecho laboral, y en esas circunstancias, si se dejan transcurrir más de dos años sin que promueva la ejecución del laudo, prescribirá su derecho a hacerlo.
Si desea una orientación respecto la solución que tiene el juicio, ante la negativa del matrón a dar cumplimiento al laudo, puede usted ponerse en contacto con el suscrito, sin compromiso alguno, pudiendo acceder a mi domicilio profesioknal y número telefónico y/o correo electrónico, a través de mi oficina virtual, a la que puede accesar a través del portafolio que aparece a un lado de mi nombre.
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