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HIJASTRO

  • Consulta : 149401
  • Autor : tellogalex
  • Publicado : Jueves 03 de Mayo de 2012 17:02 desde la IP: 148.245.102.94
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,069
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  • Autor
    Consulta

  • tellogalex
    USUARIO REGISTRADO

    Buenas tardes, expongo a ustedes lo siguiente:

    Tengo 10 años viviendo con mi esposa, ella tiene un ojo con su anterior relacion, actualmente el niño tiene 12 años y el papá del mismo se aparecio de buenas a primeras queriendo saber del niño y queriendo tener contacto con el, el nunca se a hecho cargo de la manutencion del niño y durante este tiempo nunca loa procurado, y mencionar que estaba obligado a pasar una pension mensual la cual nunca a dado ni un solo peso, quisiera saber que recomiendan hacer o que es lo correcto en este caso en relacion a custodio y que no quiera el llevarse al niño.

     

    Gracias! 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 264712

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Puedes iniciar acción penal por el probable delito de incumplimiento en el pago de alimentos, amenazas y violencia intrafamiliar  en forma psicológica.

    Debes acudir con un abogado que te ayude en la redacción de tu querella ante el Ministerio Público, y para pedir copia certificada de todo lo que vayas actuando, con esas copias certificadas, puedes pedir a tu abogado que inicie la acción civil del pago de alimentos, asimismo, puedes pedir que se embarguen bienes de su propiedad, para garantizar los futuros pagos de la prestación alimentaria, y además, debes pedir urgentemente se te conceda la guarda y custodia de menor a tu favor, se ordene al demandado que no ocurra a molestarte, apercibiéndolo de que se procederá a multa y cárcel para el caso de buscarte y molestarte; asítambién, debes pedir la Perdida de la figura legal de Patria Potestad, esta última  basada en las últimas reformas que ordena la Suprema Corte de Justiciade la nación, esto es, que haya transcurrido un periodo de tiempo superior a 90 días sin que se haya proporcionado pensión alimenticia, casi nunca se pide, pero pide permiso desde este momento para que el menor pueda salir del país sin la intervención o recriminación legal del padre.

    El tiempo aproximado de este proceso es de tres a cuatro meses, y debes de tener:

    . Acta de nacimiento de tu hija. Tu credencial de Elector y recibo de Luz o Agua Potable.

    . El domicilio donde puede ser localizado el padre de tu hija.

    . Donde trabaja o como se llama su negocio.

     . Si tiene cuenta bancaria o algún inmueble que quede como garantía de pagos futuros de la pensión alimenticia.

    . Dos testigos que hayan estado presentes y les consten los hechos que vas a denunciar en forma penal. (No que tú les hayas contado, que hayan estado presentes, que saben y les consta).

    Iniciado este asunto, lo que puede pasar es que no los vuelva a molestar.



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