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CALIFICAR PRESCRIPCIóN , SIN SENTENCIA?
- Consulta : 180120
- Autor : lbvconsultor_NR
- Publicado : Miércoles 12 de Diciembre de 2012 14:11 desde la IP: 189.245.178.198
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,071
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 12 de Diciembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 295387
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Diciembre de 2012 14:37 2012-12-12 14:37 desde IP: 201.137.32.62
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Autor
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AutorRespuesta No: 295397
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Diciembre de 2012 15:42 2012-12-12 15:42 desde IP: 201.102.226.142
Es correcto el comentario de Huerta y Asociados, y ahondando un poco mas le recuerdo estimado consultante que la figura de la prescripción se actualiza por el simple transcurso del tiempo, sea cuál sea el estado de la Averiguación, y como bien lo señalaron, si dejaron de haber actuaciones por el tiempo requerido en el Código Adjetivo Penal de su Entidad, es inconcuso señalar que se actualizó la prescripción.
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