Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

COMO DENUNCIO UN ESTUPRO?

  • Consulta : 111768
  • Autor : lerxst_NR
  • Publicado : Viernes 06 de Mayo de 2011 05:21 desde la IP: 189.133.202.136
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,123
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • lerxst_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Campeche

    Buenas noches, dias, tardes, estimados foristas. Tengo un caso.

    Yo utilizo Facebook para comunicarme con mis amigos. De entre estos, tengo una conocida que tiene 22 años y en este cumple 23. Se dedica a trabajillos que puede encontrar por ahí que la recomienden los amigos, ya que terminó la preparatoria y solo se dedicó a trabajar (pues su madre dificilmente la mantiene, y su hogar sin padre esta totalmente fragmentado) y a tener relaciones con variadas parejas que le proporcionaron una fama importante como mujer promiscua. En la actualidad, se conoce en el círculo de conocidos que acepta a "viajar" con amigos que le paguen los gastos, a puntos variados dentro de la república, y despues se conoce que lo hace a cambio de favores sexuales, lo cual parece ser un tipo incipiente de prostitucion, con niveles de selectividad altos, todavía. Esta persona también dedica sus esfuerzos generales y sus ganancias a hacerse disfraces para lucirlos en las convenciones locales de caricaturas japonesas de mi ciudad.

    Recién se unió a un grupo, en Facebook, dedicado a este tipo de preferencias y el contingente es muy variado, pero generalmente de jóvenes preparatorianos. Es en uno de estos grupos donde conoce a un muchacho que en este momento (mayo 2011) tiene 17 años. Tras haber navegado por las fotos de ella, le comunicó su deseo de conocerse y ella aceptó que se reunieran en una plaza pública, para luego asistir a una convencion de dibujos animados el pasado 30 de abril. A partir de esta fecha, se lee en ambos muros de Facebook, que ya son novios y de acuerdo a sus costumbres, esta muchacha puede haber ya comenzado a tener relaciones sexuales con este muchachito. Yo me acerqué a ella, comentándole que me parecía inapropiada la relación, pues el muchachito ni siquiera ha terminado la preparatoria, y ella, ya tiene muchos años dedicándose a la pseudo vagancia y a la pseudo prostitucion (No se le critica ya que la ha ejercido con adultos hasta ahora). Sin embargo, ella comentó que no ve problema en la relación y comentó que es su problema y que no cree que exista delito.

    Mis preguntas son:

    ¿Está mal lo que hace esta muchacha, o legalmente no es reprobable? ¿cuales son los fundamentos legales?

    ¿Si está mal, debería denunciarla a las autoridades, o no?

    ¿Si la debiera denunciar por estupro (en modalidad tentativa o lo que se compruebe, segun entiendo yo, que no se leyes), a dónde debo hacerlo?

    Les suplico que tomen en cuenta que, esta conocida mia, tiene una capacidad enorme para mentir y encubrirse. Ella me comentó que "no tenía intención de "echarse" al muchachito, pero le conozco casos en los que incluso, metía a los novios a su propia casa para tener sexo, incluso al siguiente día de haber comenzado la relación, así que tengan ustedes en cuenta si esta persona será honesta o no, y el nivel de sexualidad que maneja para "respetar" la promesa de no tocar al menor.

    Gracias, ante todo, foristas.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 222232

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    A Usted en que le afecta??

    ¿no cree que un "joven" de 17 años ya puede tomar sus propias desiciones?

    En el aspecto legal, serian los padres del "niño"  quienes podrian o deberian tomar cartas en el asunto...

    Con todo respeto,  deje de meterse en asuntos que no son suyos... y mas aun si no le consta que sostengan relaciones sexuales, no sea chismosa.



  • Autor
    Respuesta No: 222235

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La pregunta de la consultante en mi opinion si alcazo pudiera ser:

    ¿ es delito si una persona mayor sexo femenino sostiene relaciones sexuales con un joven de 17 años?

    La forma en que se narra santo y seña, hace pensar que no tiene otra cosa que hacer, que meterse en la vida de las demas persona.



  • Autor
    Respuesta No: 222236

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La pregunta de la consultante en mi opinion si alcazo pudiera ser:

    ¿ es delito si una persona mayor sexo femenino sostiene relaciones sexuales con un joven de 17 años?

    La forma en que se narra santo y seña, hace pensar que no tiene otra cosa que hacer, que meterse en la vida de las demas personas.



  • Autor
    Respuesta No: 222237

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La pregunta de la consultante en mi opinion si alcazo pudiera ser:

    ¿ es delito si una persona mayor sexo femenino sostiene relaciones sexuales con un joven de 17 años?

    La forma en que se narra santo y seña, hace pensar que no tiene otra cosa que hacer, que meterse en la vida de las demas personas.



  • Autor
    Respuesta No: 222622

  • lerxst
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas noches "Lic. Mata". Corregiré un dato: El joven en cuestión tiene 16 años. Hasta ahorita me enteré por medio de mi hijo.

    Hago esta pregunta porque:

    1.- Segun lo que he leido, pareciera que se está cometiendo un delito, pero nadie lo condena porque, sociedad machista que somos, la mujer "no puede violar" a un menor ¿eso debo entender? Por eso pregunto. Quiero confirmacion categórica, y no solo desaprobación por "meterme en lo que no me importa". Si matan a mi vecino y lo denuncio, aún cuando conozco al autor del delito y es mi amigo ¿me estoy metiendo en lo que no me importa, o estoy ayudando a que se cumpla la ley?

    2.- Seguramente si invierte los sexos, hombre mayor, mujer menor, provocaría un torrente de reclamos por un depredador sexual que utiliza las redes sociales para "cazar menores inocentes" y seducirles. ¿por que no podría ser este el caso?

    3.- La persona en cuestion es una conocida mía, que aprecio en demasía y no quisiera que se metiera en problemas. Su padrastro tiene alrededor de 8 meses en el cereso local encerrado todavía porque no ha logrado comprobar su inocencia en un caso de sospecha de pederastía y aún así ella no quiere entender que es impropia una relación de un adulto con un menor de edad. Al menos socialmente.

    4.- Dudo que usted tenga autoridad académica para descalificar este caso, ya que no acude a citar a la ley, si no a su criterio personal. Quiero que me muestren en la ley donde dice que es o no es ilegal. Repetir el comentario varias veces, le pone como spammer. Sea intenligente, por favor y no ofenda la inteligencia del que le contesta, y no se ponga mas en evidencia.

    5.- Finalmente, si esto es ilegal, yo creo que los tutores del menor debieran estar enterados a qué actividades se dedican sus hijos, porque un hijo menor no puede tomar decisiones a menos que sea emancipado. Para eso tiene a sus tutores, ¿no?  Le cito que si mal no estoy, esto es un caso de corrupción de menores, (art. 85 Seccion I. parrafo C), posiblemente en modalidad tentativa. Estamos ante un delincuente que está llevando los pasos preparatorios para la comisión del un delito de corrupción. de acuerdo al artículo 202 y para la cual no se concede libertad preparatoria. Este artículo dice que se comete el delito de pornografia de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hehco o de personas qeu no tienen capacidad para resistirlo, quien procure, obligue, facilite o induzca, por cualquier medio, a una o varias de estas personas a realizar actos sexuales o de exhibicionismo corporal con fines lascivos o sexuales, reales o simulados.

    Sea inteligente, sea académico (a). Rebata esto con datos. Deme armas para callame. Al final, pregúntese, si tuviera un hijo de 16 años ¿permitiría que una persona de 22 años, con un sombrío y amplio pasado de promiscuidad, que se sostiene de pseudo prostitución y que, peor, tiene herpes, tenga sexo con su hijo? o es de los que cree que un menor violado no sufre lo que sufre una menor violada?

    Saludos "Lic".



  • Autor
    Respuesta No: 222624

  • lerxst
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Por cierto, "Lic", doy datos en abundancia para que los eventuales lectores puedan entender cuán inminente es el riesgo de que esta persona tenga relaciones sexuales con el menor. De no ver el peligro, ni me molesto. Intenté mostrar el estilo de vida poco honorable que lleva la perpetradora. Recuerde, esta persona tiene herpes y el menor corre el peligro de ser contagiado con una enfermedad transmitida sexualmente. ¿O no le molestaría que hubiera otro joven con la vida desgraciada con una ETS de toda la vida? Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 222713

  • legallic
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    como sabe usted que la persona en cuestion tiene herpes? le doy el fundamento legal en el cual no esta contemplado el delito de estupro en el caso de que la victima sea un varon, los siguientes articulos son del codigo penal para el estado de campeche:

    Art. 230.- Al que tenga cópula con mujer mayor de doce años pero menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o el engaño, se le aplicarán de tres meses a cuatro años de prisión y multa de veinte a doscientos días de salario mínimo.

    Art. 231.- Se procederá contra el estuprador sino por queja de la mujer ofendida o de sus padres, o a falta de éstos, de sus representantes legítimos; pero cuando el delincuente se case con la mujer ofendida, cesará toda acción para perseguirlo.



  • Autor
    Respuesta No: 222754

  • lerxst
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias, Legallic.

    Pregunta. El código Penal Federal no hace distinción ("distingo" no me parece palabra adecuada, pero se usa popularmente) entre hombre o mujer. Veo, entonces falta de actualización por parte del código penal del estado. En este caso, ¿cuál tiene precedencia. A mi me aplicaron la federal en un caso de custodia de menores, sobre la estatal. No sería igual en este caso?

    Segundo, sé que tiene herpes porque ella misma me lo ha confesado y me lo comenta cada vez que tiene las clásicas "ampollas" de cuando la enfermedad se encuentra en periodo de fase activa. Recuerde usted que es una conocida que aprecio y contamos con amistad de años, aunque no somulgo con su estilo personal de vida. La amistad se desprende de tener amistad con su señora madre, que conozco del trabajo.

    Saludos y gracias por la información vertida.



  • Autor
    Respuesta No: 222889

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Disculpe si vuelvo a copiar mi primer respuesta,  aclarando que anteriormente se repitieron por un error de mi maquina.

    1.- ¿no cree que un "joven" de 16 años ya puede tomar sus propias desiciones?

    Salvo su mejor opinion,  un joven de esa edad ya ha tenido informacion sexual... saben de los diversos tipos de enfermedades de transmision sexual y como prevenirlas.

    2.- En el aspecto legal, serian los padres del "niño"  quienes podrian o deberian tomar cartas en el asunto...

    Con todo respeto,  deje de meterse en asuntos que no son suyos... y mas aun si no le consta que sostengan relaciones sexuales, no sea chismosa.

    Aclarando, que si a usted tanto le preocupa, platiquelo con los padres del menor, y ellos son las personas adecuadas para que tomen cartas en el asunto.

    Sobre el fundamento legal, reitero seran los padres quienes pueden consultar a titulo propio, o acudir al MP, para presentar su denuncia...

     



  • Autor
    Respuesta No: 222891

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Código Penal de Campeche: 

    Art. 230.- Al que tenga cópula con mujer mayor de doce años pero menor de dieciocho,  obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o el engaño, se le aplicarán de  tres meses a cuatro años de prisión y multa de veinte a doscientos días de salario mínimo. 

    Art. 231.- Se procederá contra el estuprador sino por queja de la mujer ofendida o de sus padres, o a falta de éstos, de sus representantes legítimos; pero cuando el delincuente se case con la mujer ofendida, cesará toda acción para perseguirlo. 

    No tipifica el estupro en el caso que se consulta.



  • Autor
    Respuesta No: 222893

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Abundo, a raiz de la respuesta 222754:

    Código Penal de Campeche

    PELIGRO DE CONTAGIO

    Art. 173.- El que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio de transmisión, será sancionado con prisión hasta de tres años y multa hasta de ciento cincuenta días de salario mínimo, sin perjuicio de la pena que corresponda si se causa contagio. Si la enfermedad fuese del tipo incurable la pena será de hasta cinco años de prisión. Cuando se trate de cónyuges, concubinario o concubina, sólo podrá procederse por querella del ofendido.

     

     

    Suerte.

    :)

     

    eficaces, intenten propagar enfermedades.

     

    Art. 173.- El que a sabiendas de que está enfermo de un mal venéreo u otra enfermedad 
    grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones 
    sexuales u otro medio de transmisión, será sancionado con prisión hasta de tres años y 
    multa hasta de ciento cincuenta días de salario mínimo, sin perjuicio de la pena que 
    corresponda si se causa contagio. Si la enfermedad fuese del tipo incurable la pena será 
    de hasta cinco años de prisión. Cuando se trate de cónyuges, concubinario o concubina, 
    sólo podrá procederse por querella del ofendido.46
    Art. 174.- Se impondrá prisión de uno a cinco años, a los que valiéndose de medios 
    eficaces, intenten propagar enfermedades.



  • Autor
    Respuesta No: 222899

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Las unicas personas que pueden denunciar el estupro son.

    A) La parte afectada (El "inocente niño" de 16 años)

    B) Los padres o tutores del mismo

    Luego entonces, la "Distinguida" Sra. metiche que se la pasa cuidando a sus hijos en el Facebook y entrometiendose en actos que no le corresponden, no puede hacer nada.

    Lo que pudiera hacer y no ha hecho, es hablar con los Padres o Tutores del "Inocente calenturiento"



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión