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CALCULO DE IPP POR RIESGO DE TRABAJO
- Consulta : 257431
- Autor : Miguelcardenas
- Publicado : Martes 24 de Febrero de 2015 12:54 desde la IP: 66.102.7.211
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,072
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 24 de Febrero de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 375212
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Fecha de respuesta: Martes 24 de Febrero de 2015 23:41 2015-02-24 23:41 desde IP: 189.225.37.18
Al tener una valuación mayor mayor a 25% y menor a 50% tu debes elegir entre el pago de una indemnización o de una pensón.
En caso de pensión sería el 30% del 70% de tu salario de cotización.
En caso de indemnización sería el equivalente a cinco anualidades del cálculo anterior.
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