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JUBILACION ANTICIPADA

  • Consulta : 126870
  • Autor : rodolfo_rdzc_NR
  • Publicado : Lunes 03 de Octubre de 2011 18:26 desde la IP: 189.250.39.19
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,074
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  • Autor
    Consulta

  • rodolfo_rdzc_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Coahuila

    Tengo 57 años, la pregunta es: Es posible legalmente que pueda jubilarmea esta edad  si pago anticipadamente las cuotas patronales faltantes hasta los 60años?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 240793

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En la ley 1997 del imss,esta contemplada la pensIón anticipada siempre y cuando en su cuenta individual existan recursos suficientes que calculando la renta vitalicia Y EL SEGURO DE SOBREVIVENCIA sea superior al 30%  DE LA PENSION GARANTIZADA POR EL ESTADO.

    Pagando las cuotas correspondientes hatsa los sesenta años eso no es posible.



  • Autor
    Respuesta No: 250713

  • antonia57
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    hola me llamo antonia y tento 57 años y me faltan la hoja de cedula de datos para efectos de jubilacion y pension

    y el regimen de jubilaciones y pensiones, mi pregunta es

    donde puedo conseguirlos o que organo es el encargado de propcorcionarmelo

    saluds y gracias



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