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ME PUEDO AMPARAR ANTE INFONAVIT?
- Consulta : 117654
- Autor : petcam67_NR
- Publicado : Viernes 24 de Junio de 2011 13:00 desde la IP: 201.152.164.118
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,079
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 24 de Junio de 2011
Estado de Referencia: San Luís Potosí
En 2004 mi esposa y yo solicitamos un crédito conyugal ante INFONAVIT, estuvimos pagando pero nos quedamos al mismo tiempo sin trabajo y ya no pudimos pagar, dicha institución nos demando y nos dijo que pagaramos el total del adeudo o minimo el atraso de ambos sino enbargaría la propiedad, ahora mi esposa y yo ya tenemos trabajo, pague $54,000 pesos para poner al corriente mi parte del crédito, quedandome pagos mensuales de $2,400 pesos que he estado realizando por ventanilla bancaria, pero mi esposa no ha podido regularizar su atraso y por conseguiente se me acaba el plazo que me dieron.
pregunta1: Nos podemos amparar aunque el proceso segun ellos ya está en sentencia?
pregunta 2: Si el crédito es conyugal y yo estoy pagando y mi esposa aún no regulariza, tenemos que ampararnos ambos?, porque ambos fuimos demandados.
Pregunta 3: Saben de algún fundamento a este respecto?.
Pregunta 4. El amparo tiene costo?.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 228598
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Fecha de respuesta: Sábado 25 de Junio de 2011 01:54 2011-06-25 01:54 desde IP: 189.217.247.214
Distinguido Consultante
El juicio de amparo, no tiene la finalidad que no pagues tu adeudo, acude ante el Centro de justicia alternativa de tu estado para mediar y resolver tu situación con la hipotecaria ellos tienen convenios de colaboración con infonavit
En caso de duda quedo a la espera de su contacto.
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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