- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
EN MATERIA PENAL QUE SUCEDE SI NO SE LOGRA LA COMPARECENCIA DE UN TESTIGO CON AUXILIO DE LA FUERZA PúBLICA?
- Consulta : 122516
- Autor : ss.ee.rrtt_NR
- Publicado : Jueves 11 de Agosto de 2011 13:23 desde la IP: 189.221.229.152
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,136
-
AutorConsulta
-
Publicado el Jueves 11 de Agosto de 2011
Estado de Referencia: Quintana Roo
Buen día abogados, les expongo el caso:
En un proceso penal se mandó citar como testigo al abogado que supuestamente asistió al acusado en su declaración ministerial, sin embargo no se presentó a la fecha programada para la diligencia. Por lo que se le volvió a citar pero con el apercibimiento respectivo, y tampoco compareció. Esta vez ya se ordenó que se le haga comparecer por auxilio de la fuerza pública,pero mi duda es la siguiente: que sucede si esta vez tampoco comparece?? Se declara desierta la prueba?
Pues fue a la policia ministerial a la cual se le solicitó que se encargara de hacer comparecer a dicho licenciado, sin embargo, es precisamente al ministerio público al que le conviene que no comparezca por obvias razones, y al ser ambos pertenecientes a la misma Institución, se puede prestar a muchas interpretaciones.
Se puede hacer algo en tal caso??
Agradezco sus comentario constructivos para ayudar a aclarar mi duda.
Saludos!!
Pd. Una aclaración de manera respteuosa por los dos anteriores licenciados que pretendieron contestar esta misma pregunta anteriormente:
1.- Al referirme que los dos pertenecen a la misma institución, se quiere entender lógicamente que se trata del ministerio público y la policía ministerial (ambos de la Procuraduria) , no al ministerio público y al defensor particular.
2.- Claro que el abogado que asistió supuestamente al acusado, puede ser llamado a declarar ante el juez. No es la primera vez que en el ejercicio de la práctica se fuera a dar. Y si se ofrece es porque precisamente el acusado declaró judicialmente que no había sido asistido por dicho abogado en su declaración ministerial y es dentro del periódo de instrucción que se pretende lograr la comparecencia del abogado para que declare con respecto a dicho punto, y hacer demostrar que su confesión obtenida ante el M.P fue sin asistencia de abogado defensor.
Y en mi consulta en ningún momento se dijo que este abogado tuviera que declarar en relación al delito.
Bien una vez aclarado esto, ahora si agradezco algún COMENTARIO CONSTRUTIVO QUE AYUDE A ACLAR MI DUDA.
Saludos!!
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 235046
-
Fecha de respuesta: Jueves 11 de Agosto de 2011 13:29 2011-08-11 13:29 desde IP: 187.194.35.78
cambia la situación.... nada tiene que declarar el abogado...si esta su firma en la diligencia... nada pueden decir en contra.
esa no es defensa...
-
Autor





