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NO ALCANZO EL PAGO DE INCAPACIDAD POR MATERNIDAD

  • Consulta : 174995
  • Autor : diosa_azteca_NR
  • Publicado : Martes 30 de Octubre de 2012 17:58 desde la IP: 189.209.215.95
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,144
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  • Autor
    Consulta

  • diosa_azteca_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    QUE TRAMITE DEBE SEGUIR AHORA QUE EL IMSS ME NOTIFICO QUE NO ME VA A PAGAR LAS INCAPACIDADES QUE ME EXPIDERA MI MEDICO FAMILIAR DEBIDO A QUE NO TENGO LAS  30 SEMANAS COTIZADAS SOLO  TENGO 28

     

    Hola  quisera que me orientaran sobre que debo hacer  ahorara   que  el   IMSS   me  notifico que no  me  pueden pagar la incapacidad por maternidad porque solo  tengo 28 semanas  cotizadas.

    Labore para la empresa un mes nada mas en  Diciembre del 2011 despues de eso me recontrataronen a los dos  meses. En este lapso de tiempo que no labore me quede embarazada. yo recontrate ya con semanas de embarazo.

    Yo recontrare en la misma empresa el dia 29 de Febrero del año en curso.

    La incapacidad que me expidio en IMSS es del dia  10-08-2012  al  05-11-2012 es  aqui el problema no cotizo las suficientes semanas.

     

    Hoy  que  fui al  IMSS solo se limitaron a decirme que no me pagarian y ya  que en el  trabajo no repercutiria pues si cubre mis  faltas la incapacidad  mas no me correspondia el  pago  que no hay nada que hacer ya con ellos  y que lo  hablara en  la empresa pero no se porque me dijeron asi. Yo solo  quiero saber si me corresponde si  es o ya no mi derecho o ya no que me den ese pago y si lo es como  o que  gestiones  tengo que hacer para poder  cobrarlo.

    Soy de Coatzacoalcos  Veracruz si alguien me puede orientar porfavor.. Graacias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 290329

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    En el imss le comentaron que hablara con la empresa porque esta tendra que pagarle la incapacidad, esto es en base en lo señalado en el art.170   fracc  v, de la ley federal del trabajo asi´como el 102 y 103 de la del seguro social.

     Cuando por ley la    trabajadora no llega a tener el llamdo subsidio de incapacidad el patron tiene que hacerse cargo del pago.

    felicidades.



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