Estado de Referencia: Chiapas
RESPETABLES FORISTAS, me endosaron en propiedad un pagaré con fecha posterior a su vencimiento, tengo entendido que surte efectos de sesion ordinaria, el demandado no contesto la demanda y ya hay sentencia definitiva, la cual ya causo ejecutoria y ya requerí el cumplimiento de lo que fue condenada a esta persona, no tiene bienes segun confesión hecha ante el actuario y me reserve el derecho de señalar bienes para embargo.
mi pregunta es respecto de que puedo querellarme por el delito de fraude especifico en contra de esta persona? o no, y de poder cuales podran ser mis argumentos para tipificar su conducta, ya que yo no le di el dinero directamente, sino mi endosante.
por favor alguien pude orientarme, se lo agredeceria mucho.