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ANULAMIENTO O DIVORCIO

  • Consulta : 254354
  • Autor : aldo16_4_NR
  • Publicado : Martes 27 de Enero de 2015 10:17 desde la IP: 207.248.52.50
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,163
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  • Autor
    Consulta

  • aldo16_4_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    buen día: quisiera hacerles unaconsulta sencilla, tengo mas de 5 años de separado y estoy buscando ya sea anular mi matrimonio o divorciarme si es nesesario, despues de investigar un rato encontre 2ue una de las causales de nulidad puede ser que ella sea catolica y yo no, mi duda es, esto seria solo para el matrimonio catolico o aplica tambien para el matrimonio civil, en caso de que no aplique y requiera el divorcio, si tramito el nesesario, nesesito que ella firme aunque sea nesesario por estar separdos mas de 5 años?, la verdad tengo esos mismos 5 años buscandola para terminar el tramite pero no la localizo y ya no quiere tener nada que ver con ella

     

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  • Autor
    Respuesta No: 373378

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Desconozco en qué lugar usted encontró que una causa de nulidad del matrimonio sea el que los cónyuges profesen religiones diferentes, ya que contrario a lo que piensa, la ley no contempla la nulidad matrimonial por ese motivo, con mayor razón cuando en México, los matrimonios son laicos, dado que el único que tiene valor, es el civil; el religioso es como si no estuvieran casados.

    Respecto del trámite de divorcio, puede usted promover el necesario, considerndo que señala que tienen más de 5 años de vivir separados, por lo que ninguno de los 2 cumple conlos fines del matrimoio; asístase de abogado especialista en Derecho Familiar a efecto que inicie los trámites correspondientes ante el Juez de lo Familiar que le corresponda en razón del domicilio de su esposa, que puede ser en Monterrey, Guadalupe, San Nicolás o Caderyta Jiménez.



  • Autor
    Respuesta No: 373379

  • aldorrh
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias por la asesoria, sería en monterrey, y la duda que persiste entonces seria, si es nesesario, nesesito que ella se presente a firmar el divorcio?, no creo poder localizarla, llevo mucho buscandola y a los que he llegado a ver pero hace mucho tambien (casi los mismos 5 años) a su familia, dicen que no saben donde vive, no quisiera que se postergara esto mas de lo neseario porque ella simplemente no quiere terminar con esto, como tendria que hacerle en este caso?

    gracias de antemano nuevamente 



  • Autor
    Respuesta No: 373380

  • ZETH
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola consultante, precisamente ese es el trabajo del abogado, con todo respeto... Si no tiene idea de que preceptos jurídicos invocar, ni mucho menos tiene clara la idea de cual es el proceso y como se lleva, es por ello que EXISTEN ABOGADOS ESPECIALISTAS EN ESA MATERIA, pues el abandono de uno de los CONYUGES SE PRUEBA, si es la clausa que se quiere invocar y precisamente si ese conyuge esta ausente desde hace determinado tiempo no será impedimento para tener una sentencia favorable... Pero repito, contrate los servicios de un abogado especialista en materia FAMILIAR.... Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 373381

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Los Juzgados de lo Familiar se encuentran ubicados en el edifico Value-Rent, que se ubica en la calle de Escobedo.

    No, no es necesario que ella se presente a firmar el divorcio.

    En caso que ignore su domicilio, tendria primero que señalarse el último en que tuvo conocimiento que habitaba o el de un familiar; en caso que viva en ese domicilio, tendrá que solicitarse al Juez que gire oficios a diferentes dependencias que cuenta con bases de datos y domicilios de personas; si aun así no se llega a conocer en qué lugar se encuentra, entonces se le notificaría y emplazaría por edictos que se pubvlicarían en el Periódico Oficial del Estado y un periódico de Monterrey (El Juez decide en qué periódico se hacen las publicaciones, aunquela mayoría de las veces las ordenan en el Porvenir); el juicio notificado por edictos, es más tardado que aquén en que se notifica y emplaza personalmente, sobre todo por los términos que tienen que correr.



  • Autor
    Respuesta No: 373391

  • aldorrh
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias por la respuesta raul, y con respecto a tu duda de donde lo encotre, fue aqui "//juridicas.unam/publica/rev/derpriv/cont/6/dtr/dtr3.htm">//juridicas.unam/publica/rev/derpriv/cont/6/dtr/dtr3.htm

    en la seccion XV, menciona anulamiento por diversidad de religion, lo que no le entendi bien es eso de la diferencia del proceso canonico al civil, es poreso que formule la pregunta, de igual manera te agradezco nuevamente tu informacion



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