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HE SIDO DEMANDADO, AYUDA URGENTE
- Consulta : 132754
- Autor : pedro.imex_NR
- Publicado : Lunes 12 de Diciembre de 2011 13:27 desde la IP: 201.159.49.18
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,108
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 12 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Aguascalientes
Le compré a un proveedor un material, para el cual le dejé un cheque en garantía de pago. Por diferentes circunstancias el negocio me salió mal y no pude pagarle. Acudí en diversas ocasiones a ofrecerle el pago en parcialidades, a lo cual se negó y en una ocasión me dijo que le daría el cheque a su licenciado y que entonces temiera hasta por mi vida. Quise denunciarlo por amaenazas, pero el licenciado que consulté me dijo que mejor no me metiera en eso, ya que cuando me lo dijo fue en su oficina y solo estaban sus empleados.
Me demandó por la vía civil y cuando fueron a embargar les mostré facturas a nombre de otra persona de las cosas que tenía en el domicilio. El licenciado que me demandó me dijo que señalara las cosas y que me prometía que firmaríamos un convenio para ir pagando poco a poco. Cuando hablo con él solo me da largas y no concretamos nada del convenio. Como el contrato de arrenadamiento del domicilio en donde me embargaron se venció, tuve que cambiarme de domicilio. A través de la página de internet consulté el estado del expediente y me doy cuenta de que me revocaron como depositario y se me ordena entregar los bienes. En los dos últimos acuerdos dice lo siguiente:
SE ORDENA GIRAR OFICIOS DE LOCALIZACIÓN
SE RECIBE OFICIO, RINDE INFORMEMañana salgo de viaje y se queda mi familia, no quiero dejar problemas y cuando regrese tendré el dinero necesario para pagar lo que la sentencia dicta, misma que ya causo ejecutoria.
Me dicen que los juzgados salen de vacaciones el próximo viernes, que no me preocupe y me vaya, ya que no tendrán tiempo de hacer más trámites y que cuando regresen de vacaciones deposite en el juzgado la cantidad.
Tengo varias preguntas:
1.- ¿Puedo ir al juzgado a revisar el expediente? Esto lo pregunto porque hay un oficio de localización.
2- Es cierto que debido a que solo quedan cuatro días de labores ya no se alcanza a realizar el trámite para que vayan al domicilio con la orden de que entregue los bienes embargados?
Gracias por sus respuestas y como aclaración si quiero pagar, no he podido pero en enero estaré en condiciones de hacerlo.
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AutorConsulta
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