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DERECHOS DE LA MUJER EN DIVORCIO POR BIENES SEPARADOS EN ZACATECAS
- Consulta : 257169
- Autor : ivon_gv21_NR
- Publicado : Domingo 22 de Febrero de 2015 06:17 desde la IP: 177.233.119.187
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,148
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 22 de Febrero de 2015
Estado de Referencia: Zacatecas
Me case hace más de cuatro años. Pero durante este tiempo he tenido problemas. Radico en san luis potosi. Mi esposo me ha maltratado psicologicamente por lo que quiero tramitar el divorcio. Se compró una casa durante el matrimonio y el la puso a su nombre el me dice que no tengo derecho a nada. Yo trabajo pero gano mucho menos que el. No tenemos hijos. Pero aún trabajando me he dedicado a la casa y a él. Al divorciarme quiero regresar a zacatecas dónde es mi estado pero empezaría de cero sin trabajo. Sin nada.ya que yo durante este tiempo no pude comprar nada ya que lo poco que gano es para mis gastos personales y mi esposo se queda en la comodidad de su casa. Tengo algún derecho? Ayuda por favor. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 375092
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Febrero de 2015 12:19 2015-02-22 12:19 desde IP: 187.176.101.171
Si la morada conyugal la tienen establecida en el Estado de San Luis Potosí, lugar en que igualmente se celebró el matrimonio, entonces deberá promover el divorcio ante un Juez de lo Familiar de esa Entidad.
Ahora bien, el Código Familiar del Estado de San Luis Potosí, prevé que en el caso que los cónyuges se hayan casadobajo el régimen de separación de bienes, y alguno de ellos se haya dedicado preponderantemente al cuidado del hogar, tendrá derecho a una indemnización del el 50% de la propiedad de los muebles e inmuebles destinados a satisfacer las necesidades de la familia, cuando éstos sean propiedad del otro cónyuge, y si además del cuidado del hogar, también se ocpó de la administración de los bienes destinados a satisfacer las necesidades de la familia, es indemnización podrá ser mayor al 50%.
Asístase de abogado especialista en Derecho Familiar, a efecto que presente la demanda de divorcio, invocando como causal para ello la contenida en el artículo 87, fracción XIII, del Código Familiar de San Luis Potosí, y en caso que, adicionalmente a la violencia intrafamiliar exista alguna otra causal, deberá también hacerla valer en la misma demanda.
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