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DUDA SOBRE PENSIO POR VEJEZ

  • Consulta : 190353
  • Autor : josedejesusatalaya_NR
  • Publicado : Miércoles 13 de Marzo de 2013 12:39 desde la IP: 201.164.111.141
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,127
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  • Autor
    Consulta

  • josedejesusatalaya_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sinaloa

    Hola , tengo una duda respecto a lo que debo de hacer para el tramite de mi pension ante el IMSS cuando cumpla los 60 años , la ley dice que tomara el Salario base de cotizacion de los ultimos 5 años para hacer el calculo de mi pension pero mi situacion es la siguiente :

    En  noviembre del 2007 fui liquidado de la empresa en donde trabaje durante 28 años por lo cual no tengo problema con las semanas de cotizacion requeridas , yo cotizaba en el tope alto del salario integrado ya que tenia un salario alto , pero a la fecha no he vuelto a cotizar ante el IMSS  , ya que solo he  hecho algunos trabajos por mi cuenta pero no he sido inscrito de nuevo ante el IMSS por lo tanto ya voy a cumplir 6 años sin cotizar  y tengo 54 años de edad , me faltan 6 años para tramitar la pension y quiziera saber en mi caso que es lo que haria el IMSS  si sigo como estoy, es decir, al momento de solicitar mi pension acumularia 12 años sin cotizar  ante el IMSS  y si ellos tomar los ultimos 5 años la pregunta es   : que hacen en un caso como el mio ?? Que salario tomarian para hacer mi calculo ?  me conviene volver a cotizar  o me quedo como estoy ?  Que es lo que mas me conviene hacer ?

    saludos y espero su amable respuesta

     

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  • Autor
    Respuesta No: 310586

  • abodgo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    para tramitar tu pensión debes estar en el periodo de conservación de derechos, y como planteas la situación dentro de 6 años ya no estarías en este periodo y por consecuencia no podrías tramitar tu pensión, por eso lo mas conveniente es que durante un periodo de tiempo antes de tener derecho por cuestion de edad a la pensión es que te des de alta al IMSS o bien cotices en modalidad 40, los salarios se promedian por supuesto mientras estes cotizando,  el tiempo en que estes dado de baja no se toma en cuenta.



  • Autor
    Respuesta No: 310726

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Como dice abodgo para poder pensionarte debes estar en conservación de derechos.

    Si trabajaste y cotizaste 28 años, tu conservación de derechos es de 7 años aproximadamente, es decir esta conservación expirará en el 2014 donde tendrás 55 años, por lo que si ya no vuelves a cotizar, cuando llegues a los 60 estarás fuera del período de conservación de derechos y no podrás pensionarte.

    La modalidad 40 que mensiona abodgo, en este momento ya no puedes ejercerla, ya que la inscripción en esta modalidad es antes de que pasen cinco años después de tu baja, lo cual se cumplió en noviembre del 2012.

    Tu única alternativa en este momento para no perder el derecho a pensionarte es trabajar y cotizar a través de un patrón por un período de al menos 52 semanas continuas.



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