Hola, Estuve leyendo sobre el tema del domicilio fiscal para personas físicas y morales. He leído el artículo 10 donde explica para personas físicas cuando realizan actividades empresariales entonces su local, sino tienen actividades empresariales, su casa habitación y si tienen actividades emrpesariales pero no tienen local, entonces su casa habiación y que tienen 5 días para acreditar que su domicilio corresponde a uno de los incisos anteriores. Entonces, en lenguaje etendible para cualquier caminante, si quiero vender por internet, y quiero darme de alta sea como RIF o como persona Física con Actividades Empresariales, ¿puedo dar de alta mi domicilio de mi casa habitación como mi domicilio fiscal?
De no ser así, y pregunta dos, si quiero vender por internet y por lo tanto no contaré con un local físico, ¿qué tipo de domicilio fiscal debo tener?
Pregunta tres, para personas morales,¿siempre deben tener un domicilio fiscal diferente al domicilio de la casa habitación de alguno de los socios? Pregunto por que leo leyes y reglamentos y entiendo que hay licencias de uso de suelo - ¿tendría que entonces dar de alta mi casa habitación de forma especial para obtener una licencia de uso de suelo como oficina?
Gracias!