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EMPLAZAMIENTO
- Consulta : 146065
- Autor : guperd09_NR
- Publicado : Jueves 12 de Abril de 2012 10:25 desde la IP: 201.134.88.249
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 12 de Abril de 2012
Estado de Referencia: Querétaro
Buenos dìas quisiera me dieran su opinio..¡¡¡
Se llevo a cabo la diligencia de emplazamiento y requerimiento de pago, señalandose un inmueble como garantìa, la persona que intervino en la diligencia solo està autorizada para oir y recibir notificaciones y no en tèrminos del 1069, por ovias razones al contestar la demanda seresalto dicha situaciòn..¡¡¡ existe alguna manera de tener algùn argumento que ayude a defender la validez del emplazamiento o que se podrìa hacer ???
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 261736
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Abril de 2012 11:31 2012-04-12 11:31 desde IP: 187.155.61.254
Su pregunta es inconsitente, ya que la autorización a que se refiere el artículo 1069, es de carácter intraprocesal, es decir, que solo puede darse luego del emplazamiento válido, en realidad, no se entiende quien intervno o de parte de quin lo hizo y cual sería el vicio del que quiere prevenirse.
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