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SI NO SE ARREGLA CON EMPRESAS Q COMPRAN CARTERA PUEDO DEPOSITAR EN JUZGADO
- Consulta : 209553
- Autor : irvate_NR
- Publicado : Domingo 29 de Septiembre de 2013 00:30 desde la IP: 189.128.138.82
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,123
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 29 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Puebla
deuda hipoteca cn bancomer vende mi deuda a mex-dam arreglo con ellos una fecha de pago y falle, di argumentos y pedi otra oportunidad para pagar, y me dicen que si no pago en una sola exhibicion ya tienen prometidos la venta de los derechos litigiosos cn una persona, la fecha es antes del 6 de octubre y yo les digo que puedo pagar 50 mil el dia 1 de oct. de 2013 y 350mil el 30 de octubre son 400mil, y no quieren, puedo depositar el dinero en un juzgado, estoy en litigioNO PUEDO PAGAR EN ESTE MOMENTO EN UNA SOLA EXHIBICION estoy muy angustiada gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327194
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Fecha de respuesta: Domingo 29 de Septiembre de 2013 09:48 2013-09-29 09:48 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
Si, usted puede efectuar la consignación en las fechas y por las cantidades que señala, pero no debe hacerlo a través de diligencias de jurisdicción voluntaria, sino ante el propio juzgado que conoce del juicio promovido en su contra.
Lo único que debe hacer, es señalar específicamente que las cantidades consignadas, deben aplicarse en pago al capital, a efecto que en esa cuantía, deje de generar intereses.
En caso que la parte actora ceda los derechos litigiosos en favor de un tercero, será éste quien adquiera el derecho de recibir las cantidades consignadas, y usted de cualqueir forma queda liberada de la obligación, por lo que una vez saldada su deuda, podrá solicitar al juez la entrega de los documentos justificativos de su cumplimiento y podrá exigir igualmente que el acreedor le extienda la constancia necesaria para cancelar en el Registro Público de la Propiedad el gravamen hipotecario.
El abogado que le asiste y asesora en juicio, debe saber cómo hacerlo.
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