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YA GANé EL JUICIO, AHORA CóMO SE LE COBRA AL PATRóN?

  • Consulta : 134033
  • Autor : ggranadoss_NR
  • Publicado : Sábado 31 de Diciembre de 2011 15:06 desde la IP: 189.178.206.202
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,133
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  • Autor
    Consulta

  • ggranadoss_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Hola, gracias por atenderme. Hace cinco años me despidieron injustificadamente de la empresa donde laboraba, esto después de más de treinta años de trabajar para ellos. Contraté un abogado con el que acordé pagarle cuando ganáramos el juicio, ya ganamos el juicio pero no he recibido ninguna cantidad de lo que me adeudad, quisiera saber qué procede. Mi abogado no ha contestado mis llamadas y me pone muy nerviosa esa situación. La empresa para la que laboraba cerró y ya no existe, aún así me adeudan una fuerte suma ¿Cómo se les cobra? ¿Cómo se le obliga al patrón a cumplir con el dictamen del juicio?

    Mil gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 250025

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lo primero que debe hacer es contactarse con su abogado, si no le contesta las llamadas, búsquelo personalmente en su despacho. Él debe promover la ejecución del laudo y explicarle como se puede proceder para logralo.



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