Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen día: tenemos duda sobre como se cuenta el tiempo compurgado en el Reclusorio Norte. La Ley de Normas minimas vigente desde el año 2014 dice que el interno debera reunir además de determinados requisitos, tener cumplidas las 3/5 partes de su sentencia. Pero el Licenciado de oficio que lleva el caso realiza las cuentas de una forma diferente, él descuenta de 31 años y 3 meses (sentecia actual) el tiempo laborado que son 4600 dias. A 24 años 8 meses le saca las 3/5 partes.
¿Entonces cual es la forma correcta? Porque da resultados diferentes. Haciendo cuentas con base en la Ley de Normas minias sale un resultado y con base en lo que dice el Licenciado el resultado es diferente.
Necesitamos saberlo porque el día 29 de septiembre tiene su audiencia.
Agradezco la orientación que me pueda brindar.