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FALSEDAD DE DICHOS Y PRUEBAS EN UNA DEMANDA CIVIL

  • Consulta : 131728
  • Autor : nleonramirez_NR
  • Publicado : Martes 29 de Noviembre de 2011 17:00 desde la IP: 201.137.50.146
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,129
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  • Autor
    Consulta

  • nleonramirez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Mi esposa fue demandada por incumplimiento de contrato de compraventa de un inmueble, reclamando la pena convencional estipulada en el mismo, la demanda aún no termina, pero, suponiendo sin conceder que el dictamen fuera favorable a mi esposa, ¿se puede contrademandar por la vía penal?. Mi criterio sobre esta posibiliadad la fundo en que los demandantes presentaron argumentos falsos; primero, que mi esposa nunca les entregó la documentación del inmueble, falso, se cuenta con un escrito firmado por los demandantes en el que consta la documentación entregada; segundo, que no hubo comunicación y que mi esposa les daba evasivas para no entregarle la documentación, falso, siempre hubo comunicación a través de correos electrónicos, vía telefónica y entrevistas personales; que mi esposa al percatarse que el inmueble tenía un valor mayor al convenido les incrementó el precio y/o ya no les quiso vender, falso, mi esposa nunca les dijo que les vendería más caro o que ya no les vendería; que lo anterior se los dijo enfrente de tres personas y que esto mismo lo repitió días despues cuando se hicieron presentes en el domicilio de mi esposa ante las misma personas. Que se debíasn cinco años de predio y agua, falso, toda vez que se presentaron los recibos correspondientes en los que consta que no hay tal adeudo. Al final, como se demostró la falsedad de todo lo expuesto en su demanda, se quedaron con el argumento de que al firmar el contrato de compraventa mi esposa no era propietaria del inmueble, sino simplemente poseedora, en virtud de que en esa fecha el Juicio de Usucapión no había sido registrado en el registro público de la propiedad, este registro se llevó a cabo seis meses después, pero ellos sabían y se les informó de esa circunstancia. Ahora bien, el abogado que nos lleva el caso presentó una jurisprudencia en el que se demuestra que para ser propietario de un inmueble no es condición tener registrado el juicio de usucapion en el Registro Público de la Propiedad, por lo que con independencia de esa circunstancia, mi esposa sí es propietaria del inmueble, lo que ocurió es que el Infonavit no les autorizó el crédito. Pero en ´sintesis,¿ con los argumentos falsos que presentaron, puedo optar por la vía penal?  

     

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  • Autor
    Respuesta No: 246645

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    mas fraudulento que el que pretendian cometer ustedes? No puedes vender lo que no es tuyo, si en el texto del documento no se acredita que hay una promesa o compra de esperanza, si pierden les va a ir en feria y si ganan el ministerio publico les puede formular cargos a ustedes.

     

    Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.



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