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HORARIO DE COMIDA
- Consulta : 215694
- Autor : perefa.jar_NR
- Publicado : Jueves 05 de Diciembre de 2013 08:46 desde la IP: 189.178.21.74
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,220
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Diciembre de 2013
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 334321
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Diciembre de 2013 09:12 2013-12-05 09:12 desde IP: 187.162.210.121
En respuesta a su consulta, le informo.
De conformidad con lo que señalan los artículos 58, 60, 61 y 63, de la Ley Federal del Trabajo, jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patron para prestar su trabajo, tiempo que puede ser en jornada diurna, que es la que media entre las 6:00 y las 20:00 horas; nocturna, entre las 20.00 horas de un día y las 6:00 horas del siguiente; o mixta, cuando comprende parte de las dos anteriores, sin que la porción de la jornada nocturna exceda de 3 horas; jornada de trabajo que, en el caso de la diurna, no debe exceder de 48 horas semanales, 45 horas la nocturna, y 47.5 horas la mixta, tiempos que se ajustan a la jornada diaria máxima de 8.00, 7:00 y 7:30 horas , y que atendiendo a lo previsto en el numeral 59, del Código Laboral, patrón y trabajador podrán repartir a fin de permitir a éstos el descanso del sábado en la tarde, o cualquier otra modalidad, como la conocida semana inglesa.
En cuanto al tiempo que el trabajador puede disponer para descansar diariamente, debe ser, cuando menos de 30 minutos, solamente en el caso que su jornada de trabajo sea contínua, los que podrán considerarse o no, como parte de la jornada de trabajo; si el patrón permite al trabajador salir del establecimiento para que disfrute de ese descanso, entonces no forman parte de la jornada laboral, pero si el trabajador debe disfrutarlos en el interior del centro de trabajo, entonces si se considerrarán parte de la jornada de trabajo.
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