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PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 265614
- Autor : alva_luna_NR
- Publicado : Miércoles 13 de Mayo de 2015 18:21 desde la IP: 189.139.119.110
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,221
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 13 de Mayo de 2015
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 379632
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Mayo de 2015 18:28 2015-05-13 18:28 desde IP: 189.217.3.14
Sólo debe acudir al Juez de lo Familiar, con el acta de nacimiento del menor y el domicilio en que trabaja el padre, para que se ordene una pensión alimentaria provisional y definitiva en su momento. Si el padre no trabaja o no tiene un empleo formal, entonces acuda al MP para querellarse por el incumplimiento de obligaciones almentarias y verá que en el reclusorio si paga los alimentos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 379633
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Mayo de 2015 19:12 2015-05-13 19:12 desde IP: 189.217.134.233
Como lo comenta en la respuesta anterior lo primero es iniciar juicio de alimentos para que al entrar y en el auto de admision se decrete de forma provisional un porcentaje y una vez que se haya desahogado todas las diligencia de juicio al momento de dictar sentencia se quedara firme segun se acredite la necesidad economica del acredor en este caso es tu hijo
si tienes alguna duda nos ponemos a sus ordenes
Alejandro Barroso
Tel despacho 47.56.98.42
Tel nextel 36.19.84.09
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