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ANTIGUEDAD EN CASO DE RENUNCIAR VOLUNTARIALMENTE

  • Consulta : 260237
  • Autor : pruebasirish_NR
  • Publicado : Sábado 21 de Marzo de 2015 13:12 desde la IP: 187.177.188.40
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,226
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  • Autor
    Consulta

  • pruebasirish_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Llevo 15 años trabajando si renuncio voluntariamente cuanto me corresponde?, gano 20 mil al mes antes de impuestos, trabajo en Mty N.L. podrían dar cifras aproximadas con un ejemplo ya que vi que dice que se alcanzan 12 días de salario por año trabajado pero que no excede 2 salarios minimos esto quiere decir que son como 100 pesos por día?, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 376502

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Para que usted, al renunciar voluntariamente, tenga derecho al pago de la prima de antigüedad, es necesario que tenga MÁS de 15 años de servicio; lo anterior de conformidad con el artículo 162, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo.

    Dicha prestación, efectivamente se paga, atento a lo señalado en los artículos 162, fracción I, 485 y 496 de la propia Ley, a razón de 12 días de salario por cada año de servicios prestados, o parte proporcional al iermpo menor a un año, y sobre la cantidad que resulte de 2 salarios mínimos generales del área geográfica "A", dado que usted señala tener un salario superior a ese tope.

    En consecuencia, el salario que se toma en consideración para el pago de la prima de antigüead, en caso de que tenga derecho a ella, es de $ 140.20 diarios; es decir, $ 1,682.40 por cada año de servicios.

    Adicionalmente, tiene también derecho al pago de las vacaciones y prima vacacional generadas y no pagadas, así como las vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo lraborado después de cumplir años de servicios, y la parte proporcional de aguinaldo 2015, a razón de 1.25 días de salario por cada mes trabajado.

    Asístase de abogado especialista en Derecho Laboral en caso que, teniendo derecho a la prima de antigüedad, el patrón se niegue a pagarla correctamente.



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