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MULTA SRíA. DE FINANZAS

  • Consulta : 114061
  • Autor : mmendozaart_NR
  • Publicado : Miércoles 25 de Mayo de 2011 10:20 desde la IP: 201.120.192.4
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,215
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  • Autor
    Consulta

  • mmendozaart_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Michoacán

    Buen día,

    Solicito su ayuda con lo siguiente, un contribuyente de régimen intermedio recibió de un vecino unos requerimientos por obligaciones emitidos por Sría. de Finanzas del Edo., al acudir a aclararlos nos informan que hace falta las multas que debieron notificar junto con éstos (fueron segundos requerimientos, los primeros no los recibió el contribuyente). El problema es que en los requerimientos anotaron que el contribuyente los recibió, no medió citatorio y no firmó, y según ellos se identificó con IFE, lo cual es falso porque el contribuyente no se encontraba en ese horario en el domicilio y además sin firma ni el número que tiene la credencial de elector ¿cómo pueden probar que lo notificaron?, total que de acuerdo con la fecha de los segundos requerimientos ya venció el plazo para pagar las supuestas multas y no tardan en ir a realizar el cobro, pero no se tenían esos documentos para impugnarlos mediante algún medio de defensa o pagarlos. ¿qué se puede hacer en este caso? ¿esperar a que vayan a cobrar? ¿dejar que embarguen bienes?¿solicitar la notificación de las multas? el plazo para interponer defensa ya venció, son más de 45 días ya de la supuesta notificación de los segundos requerimientos.

     

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