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RENUNCIA VOLUNTARIA POR MATERNIDAD
- Consulta : 160653
- Autor : jeska_ruiz_NR
- Publicado : Martes 17 de Julio de 2012 13:18 desde la IP: 189.216.156.100
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,221
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 17 de Julio de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
mi preguta esta relacionada con mi deseo renunciar volunariamente a mi trabajo una vez que termine mi incapacidad por maternidad, lo cual sera en 15 dias, tengo 5 años laborando en el mismo empleo pero ellos cuentan 4 por la fecha en que me dieron la planta.Quisiera saber como puedo hacerlo y a que cantidad tengo derecho en mi finiquito.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 275232
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Julio de 2012 13:21 2012-07-17 13:21 desde IP: 201.103.98.194
Por renuncia voluntaria sólo tienes derecho al pago de las prestaciones devengadsa y no pagadas, como son: salarios pendientes, partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, como cualquier otra prestación adicional que se establezca en tu contrato de trabajo.
Suerte!
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Autor
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AutorRespuesta No: 275243
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Julio de 2012 13:48 2012-07-17 13:48 desde IP: 148.246.165.82
No tienes derecho a finiquito, pero si platica con tu jefe y dile que motivos sales de trabajar, y como quien dice "que aporte lo que sea su Voluntad " si es pal chamaco... yo le entraba con un billetito..
Tubiste que ser querida y haber hecho siempre tu trabajo, Haberte puesto la camiseta quiero decir...
Saludos
Montyel2_22 arroba live com mx
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Autor
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AutorRespuesta No: 275246
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Julio de 2012 13:56 2012-07-17 13:56 desde IP: 148.246.165.82
Estas serian refiriendome a alguna cantidad aparte, a las.. como te han contestado, devengadas y no pagadas
Atentamente
Montyel2_22 arroba live com mx
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Autor
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AutorRespuesta No: 275252
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Fecha de respuesta: Martes 17 de Julio de 2012 14:40 2012-07-17 14:40 desde IP: 77.242.201.54
Efectivamente Jesica. Cuándo uno renuncia no le corresponde liquidación, solo finiquito. Y esa es la parte proporcional del aguinaldo que va de este año, vacaciones que no hayas disfrutado y la parte proporcional de la prima vacacional. Como aqui te lo dijeron en este foro, si fuiste una persona querida y realizaste tu trabajo con esmero, puedes plantear tus motivos de salida, y tus jefes o dueños de la empresa "podrían" darte algo extra, pero OJO no es su obligación hacerlo. Conforme a la ley insisto, solo es la parte proporcional.
Un abrazo, suerte!!
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