Estado de Referencia: Chihuahua
hola, haber si alguien me puede orientar, pasa lo siguiente: interpuse una demanda por despojo y daños en el año 2009, pero el m.p. de delitos patrimoniales, hizo una resolucion de no ejecicio de la accion penal, en el nuevo sistema, el juez revoca la resolucion y ordena que se judicialize, y el m.p. no obedece y declina el asunto al otro departamento, integradad fisica y daños, y se judicializa solamente por daños, y con engaños me dicen que es por despojo y daños, y en la resolucion el juez vincula solamente por daños y decreta aunto de libertad por el delito de despojo, el juez refiere que a el solamente le dieron pruebas por el daño de unas laminas y el juzga por lo que le dan. pero si se fijan en la revocacion, el mismo juez revoca, dice que existen las medidas extremas para judicializarce el presente asunto. (tengo entendido que delito de despojo subsume al daño) cuando hay un delito de despojo agravado con violencia por logica hay daños.
la pregunta es que debo hacer en este caso, debo acudir al amparo???? el asunto está detenido desde el 2009 por razones desconocidas
aqui ya los funcionarios publicos hicienron mas delitos, encubrimiento, etc.
ojalá alguien me pueda orientar que debo hacer
Muchas Gracias