Estado de Referencia: Distrito Federal
El problema suscita que en el acta de matrimonio, requisito para tramitar la pension, el segundo apellido del finado es diferente al que está en su acta de nacimiento y al que está en sus otros documentos.
El matrimonio se dio en michoacán. En Morelia han dicho que se necesitan 3 cosas, DOS JUICIOS uno sucesorio, y el otro de cambio de apellido, que al principio se decía que era de rectificación ahora dicen que es cambio del apellido. La tercera cosa que piden es "copias certificadas de albacea"
No entiendo lo que se pretenda, pues para qué un juicio sucesorio, ningún pariente, concubina o tercero alega parte de la pensión o algún bien, ni tampoco porque la albacea. No entiendo el caso de esos juicios. Entiendo que el apellido se vaya a juicio.
La situación concreta es que debido al yerro en el apellido materno del ahora difunto, en el acta matrimonial registrada en michoacán, le niegan la pensión a la viuda y mandan a juicio. El problema es que el tramite de la pensión corresponde al D.F. pero el juicio del acta de matrimonio a Michoacán.
Me gustaría saber su opinión y consejos para este caso. Además saber si se puede perder la pensión por transcurso del tiempo. Sabemos que a veces los juicios no son "rápidos y expeditos".
Gracias. Saludos a todos.