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RESCISIóN DE RELACIóN LABORAL AYUNTAMIENTO

  • Consulta : 226443
  • Autor : faustogth
  • Publicado : Jueves 03 de Abril de 2014 21:20 desde la IP: 187.212.102.19
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,215
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  • Autor
    Consulta

  • faustogth
    USUARIO REGISTRADO

    Hola amigos foristas, resulta que la administración pasada, antes de concluir su mandato, formó un sindicato con personal de confianza, al cual dio la categoría de base por acuerdo de cabildo con nombramientos expedidos en enero del último año de ejercicio constitucional, generando con esto las condiciones para la constitución del sindicato; resulta que ahora, este sindicato tiene la mayoría y, en consecuencia, tiene la preferencia para acordar las condiciones generales de trabajo. ¿Cómo puedo demostrar que existió dolo en la formación de este sindicato de burócratas? No omito comentar que éste ya cuenta con la toma de nota correspondiente por parte de la autoridad jurisdiccional, aún no sé si ya está registrado ante la Secretaría respectiva.

    ¿Los trabajadores de confianza de un ayuntamiento tienen derecho a sindicalizarse, creando su propio sindicato, sin solicitar su integración al ya existente? ¿Pueden estos trabajadores iniciar procesos para su reinstalación y pago de salarios caídos y prestaciones por la vía del amparo? ¿La autoridad municipal está obligada a reconocer este tipo de sindicatos?

    La vía para combatir este tipo de artimañas legales es por la vía laboral, sin embargo, al no ser admitidos por el actual ayuntamiento, estos trabajadores acudieron al amparo, el cual les fue concedido solo que el juez de distrito condenó al ayuntamiento al pago de salarios caídos, prestaciones y reinstalación (situación que ya fue combatida por la vía del amparo ante otro juez de distrito); sin embargo, no se ha iniciado ningún juicio laboral.

    Que procede aquí jurídicamente? Gracias por su atención y saludos.

     

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