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¿ES LEGAL QUE OBLIGUEN A CORTAR LA BARBA EN UN TRABAJO DE OFICINA?

  • Consulta : 231049
  • Autor : maxflipo_NR
  • Publicado : Jueves 29 de Mayo de 2014 17:42 desde la IP: 201.144.194.20
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,225
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  • Autor
    Consulta

  • maxflipo_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenas tardes a todos, 

    Quisiera preguntar al foro si es legal que obliguen a cortar la barba en un trabajo de oficina, ya que se me hace una ridiculez desde el punto de vista que afecta la libertad personal y no veo una razón lógica como podría ser trabajar con alimentos o directamente con clientes.

    Me gustaría saber esto en el marco legal de México DF y si existe algun antecedente o artículo legal que pruebe claramente este sustento.

     

    Gracias!!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 355929

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Es el patrón quien determina, en los casos que considere pertinente hacerlo, la forma en que sus trabajadores deben presentarse a laborar, sin que ello signifique una violación a las leyes laborales o una ingerencia en la vida personal de sus trabajadores.

    Esa libertad patronal parte del principio general de derecho que establece que lo que la norma legal no prohibe al particular, entonces se lo permite; consecuentemente, el patrón está legalmente facultado para exigir a sus trabajadores que como parte de su aliño personal, prescindan de la barba, al considerar que la misma demerita la imagen de la propia empresa.



  • Autor
    Respuesta No: 356010

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Sr. Max, hago de su conocimiento que en su caso el patrón no puede obligarlo a tener que cortarse la barba, ya que como lo establece nuestra Ley fundamental en su artículo 1o. toda persona es libre de tener el arreglo personal que mas le plasca, no puede su patrón discriminarlo por su preferencia a usar barba lo cual lo prohibe la Constitución en el artículo antes descrito, ahora bien, el artículo 51 fracción IX de la LFT en una aplicación conforme también lo establece.

    Ahora bien, suponiendo sin conseder,  que su patrón lo haya establecido en una clausula en el contrato de trabajo ó en el reglamento interno, le puedo asegurar que ninguno de los dos los recibiría la JCA por contravenir los ordenamientos legales de la Ley Secundaría y de la Ley Suprema.

    Saludos

    Lic. Ariel Reyes 



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