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PENSIóN ALIMENTICIA EDAD 24 AñOS , AúN SIGO ESTUDIANDO

  • Consulta : 216713
  • Autor : castelan89_NR
  • Publicado : Martes 17 de Diciembre de 2013 17:41 desde la IP: 148.245.28.81
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,218
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  • Autor
    Consulta

  • castelan89_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Veracruz

    Hola buenas tardes les comentaré mi caso

     

    Estudio el 5 semestre de la Licenciatura de Médico Cirujano , hase algunos meses falleció mi tutora, ella era mi pricipal sustento económico , así que para poder continuar con mis estudios demandé a mi padre .

     

    El juez aprobó una pensión justa por un 20 % ,  tengo entendido que el cese de pago de pensión es a los  25 años  pero aún me faltan 5 semestres para poder concluír mi carrera.

     

    Existe riesgo alguno que mi padre me quite el pago de pensión alimenticia o dicho pago continuará hasta haber concluido mis estudios?, para ese entonces si Dios quiere yo tendré la edad de 27 años. 

     

    Cabe mencionar que mi padre nunca ha aportado nada ni en lo personal ni mucho menos en mi formación académica.

     

    De antemano muchas gracias por su respuesta.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 335646

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Salvo los términos en que su padre conteste la demanda, las excepciones y defensas que oponga y las pruebas que ofrezca, si usted cuenta con 25 años de edad y apenas se encuentra cursando el 5o semestre de la carrera de médico cirujano, no tiene derecho a ninguna pensión alimenticia.

    Lo anterior, porque si bien es cierto, los padres están obligados a proporcionar alimentos a sus hijos y proporcionarles un arte, oficio o profesión que les permita valerse por sí mismo, y que esa obligación subsiste aún después de cumplida la mayoría de edad, para ello es condición que los estudios que cursa el hijo, sean acordes a su edad y circunstancias personales, por lo que es evidente que si cursa el 5o semestre, ese nivel de estudios no es acorde a su edad, dado que a los 25 años, debería estar concluyendo la carrera y, segunramente, encontrarse pretando su servicio social, próxima a presentar su examen profesional.

    Obviamente, el juez otorga una pensión alimenticia a su favor, porque él no puede asumir la defensa de su padre, ya que ello haría que obrara con parcialidad en favor de una de las partes, por lo que aprovecha el tiempo que reciba esa pensión antes de que mediante sentencia ejecutoriada el juzgador declare que ha cesado su derecho a recibir alimentos de su padre.

    Y es irrelevante el hecho que nunca le haya aportado nada, ni en lo personal ni en lo profesional, pues en todo caso, cuando usted era menor de edad, su madre estuvo en aptitud de demandar de su padre esa pensión alimenticia, y al cumplir los 18, usted misma pudo haberlo hecho, por lo que su padre no es responsable de la omisión de su madre y suya propia.



  • Autor
    Respuesta No: 335668

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ya no deberian haberte concedido pension... estas muy viejo... juridicamente... para estar en el grado en el que estas... juridicamente... no mereced la pension... porwue tu grado academico no es parejo a tu edad.... si tu padre se mueve... claro que te van a quitar la pension.... y que haya dado o no ... eso no tiene la menor importancia juridica...



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