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QUé TAN PREFERENCIA SE TIENE ANTE UNA OPINIóN O QUé HACER SI SE SOSLAYA ESTA.
- Consulta : 209289
- Autor : rockandrollever_NR
- Publicado : Miércoles 25 de Septiembre de 2013 19:37 desde la IP: 189.251.14.237
- Tipo de Usuario :
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 25 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Veracruz
De acuerdo a las CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DELDe acuerdo a las CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DEL SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE SALUD, el Artículo 1 de estas, entre otras disposiciones, dice lo siguiente:De acuerdo a las CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DEL SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE SALUD, el Artículo 1 de estas, entre otras disposiciones, dice lo siguiente:
<Las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, tienen por objeto regular el ingreso, permanencia, baja, cese, promoción y estímulos de los trabajadores; así como, el establecimiento, en lo general, de los lineamientos, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Las que serán de aplicación obligatoria para los trabajadores y del cumplimiento irrestricto para los servidores públicos con funciones de dirección, quienes deberán observar las disposiciones y ordenamientos de carácter laboral y administrativo>1.<Su aplicación corresponde a la Secretaría de Salud, tomando en cuenta la opinión del Sindicato y en su caso la intervención en los supuestos que establecen las presentes Condiciones>2.<Asimismo, se reconoce al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud en su estructura de Comité Ejecutivo Nacional, Secciones y Delegaciones Sindicales, como el representante legal, legítimo y único titular de los derechos laborales de los trabajadores>3.Luego, el 19 de las mismas dice lo siguiente:<El Titular o la persona facultada para ello, nombrará libremente a quienes deban ocupar vacantes interinas, por tiempo fijo y por obra determinada, tomando en cuenta la opinión del Sindicato>4.Las preguntas son: I.- ¿qué consecuencias se tiene si <el Titular o la persona facultada para ello>5, no toma en cuenta en cuenta la opinión del sindicato en el contexto del anterior artículo citado (obviamente no me refiero a demandas sino a dejar sin validez lo dispuesto por el Titular)? II.- ¿en caso de que la opinión del Sindicato sea distinta, o vaya en contra, de los nombramientos, obliga a algún consenso o se antepone la dispuesto por el Titular o la persona facultada para ello? III.- ¿qué hacer entonces si, de acuerdo a las Condiciones, no se toma en cuenta la opinión del Sindicato?Gracias por atender esta duda legal.Nota al pie:1 CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DEL SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE SALUD. Pág. 2.2.- Ídem.3.- Ídem.4.- Ítem. Pág. 8.5.- Ídem. SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE SALUD, el Artículo 1 de estas, entre otras disposiciones, dice lo siguiente:<Las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Salud, tienen por objeto regular el ingreso, permanencia, baja, cese, promoción y estímulos de los trabajadores; así como, el establecimiento, en lo general, de los lineamientos, en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Las que serán de aplicación obligatoria para los trabajadores y del cumplimiento irrestricto para los servidores públicos con funciones de dirección, quienes deberán observar las disposiciones y ordenamientos de carácter laboral y administrativo>1.<Su aplicación corresponde a la Secretaría de Salud, tomando en cuenta la opinión del Sindicato y en su caso la intervención en los supuestos que establecen las presentes Condiciones>2.<Asimismo, se reconoce al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud en su estructura de Comité Ejecutivo Nacional, Secciones y Delegaciones Sindicales, como el representante legal, legítimo y único titular de los derechos laborales de los trabajadores>3.Luego, el 19 de las mismas dice lo siguiente:<El Titular o la persona facultada para ello, nombrará libremente a quienes deban ocupar vacantes interinas, por tiempo fijo y por obra determinada, tomando en cuenta la opinión del Sindicato>4.Las preguntas son: I.- ¿qué consecuencias se tiene si <el Titular o la persona facultada para ello>5, no toma en cuenta en cuenta la opinión del sindicato en el contexto del anterior artículo citado (obviamente no me refiero a demandas sino a dejar sin validez lo dispuesto por el Titular)? II.- ¿en caso de que la opinión del Sindicato sea distinta, o vaya en contra, de los nombramientos, obliga a algún consenso o se antepone la dispuesto por el Titular o la persona facultada para ello? III.- ¿qué hacer entonces si, de acuerdo a las Condiciones, no se toma en cuenta la opinión del Sindicato?Gracias por atender esta duda legal.Nota al pie:1 CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DEL SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE SALUD. Pág. 2.2.- Ídem.3.- Ídem.4.- Ítem. Pág. 8.5.- Ídem. -
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