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ME PUEDE AYUDAR
- Consulta : 207753
- Autor : sonita_07_NR
- Publicado : Sábado 07 de Septiembre de 2013 00:03 desde la IP: 187.243.237.184
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,218
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 07 de Septiembre de 2013
Estado de Referencia: Sinaloa
hola, tengo 18 años, disculpa tengo dos actas iguales una es la que utilizo para inscribirme en la escuela y la otra la tengo en mi pasaporte y visa y quiero sacar mi ife con mi primer acta pero nose si eso afecte mi visa y pasaporte porfavor me puede decir que hacer?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 325305
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Septiembre de 2013 00:10 2013-09-07 00:10 desde IP: 201.152.81.159
Si son iguales, puedes usar indistintamente cualquiera de ellas. Saludos afectuosos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 325342
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Fecha de respuesta: Sábado 07 de Septiembre de 2013 13:28 2013-09-07 13:28 desde IP: 189.195.230.143
Hola amiga, le saludo desde Morelia Michoacán.
A fin de que obtenga una respuesta mas completa a su pregunta, es necesario que indique si los dos registros de nacimiento que tiene son del mismo Estado. Aunque me adelanto a informarle que no le sugiero que utilice las dos actas ya que a la larga le puede generar problemas con su identidad personal.
Hace aproximadamente un año tuve un cliente con este problema ya que en su vida social y juridica utilizó dos actas de nacimiento, y al querer obtener una acta de nacimiento le fue negado por la razon de la duplicidad, lo que tuvo que tramitar un juicio sobre nulidad de acta de nacimiento.
El Artículo 41 del Código Familiar del Estado de Michoacán, dice al respecto: "Cuando el Oficial del Registro Civil tenga conocimiento, a instancia de parte o de oficio, de una duplicidad de registros, anotará en forma administrativa, razón de dicha duplicidad, señalando la fecha y el lugar donde se encuentrre registrado el último de estos, debiendo abstenerse de emitir certificaciones de los ulteriores registros, no así del primero de los mismos. en este caso, dará aviso inmediato a la Dirección del Registro Civil, mediante oficio y acompañando las constancias en que se pruebe el hecho.
Consiente de que en cada Estado de la República, existe disposiciones legales diferentes al respecto, por tal razon sugiero acudir con algun abogado de su Estado o bien directamente al Registro civil de su localidad a fin de asesorarse con mayor certeza sobre su situación registral en comento.
Quedo a tús órdenes para cualquier información adicional al respecto.
Lic. Alvaro Ruiz Jiménez, cel 4431 82 90 72
e-mail: juicioordinarioarroba
Morelia Michoacán México, septiembre 7, 2013.
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