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PATRIA POTESTAD
- Consulta : 112008
- Autor : marziho10_NR
- Publicado : Domingo 08 de Mayo de 2011 15:16 desde la IP: 189.145.69.13
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,222
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 08 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Como puediera obtener la patria potestad de mi niña que tiene tres años de edad ya que desde que nacio la niña yo me he hecho cargo de ella.
Su mama de la niña no trabaja y no tiene un ingreso economico para sustentarla, ella actualmente vive con los tios los cuales la mantienen a ella y a su primer hija.
Donde vive es una casa muy pequeña donde no cuentan con camas y duermen en el suelo, en ella habitan 6 personas incluyendo mi hija, donde comparten un pequeño baño con sus familiares. ella en varias ocaciones me ha amenazado con la pension alimenticia en la cual yo simpre le he respondido que lo haga que por mi no hay ningun problema.
Mi pregunta es hay alguna posibilidad en tener la patria potestad de la niña o en su defecto ampararme en dar una pension exclusivamente para la niña en donde ella compruebe cada peso que esta gastrando
muchas grax espero me puedan ayudar
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 222574
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 17:43 2011-05-08 17:43 desde IP: 189.136.244.153
La patria potestad de la niña siempre la has tenido desde que nacio, y la seguiras teniendo, a meos que des motivo para perderla y que te lo demanden en Juicio, por otro lado el hecho de que la madre carezca de bienes y viva muy precariamente no es motivo suficiente para que la menor deje de ser su hija, es decir que demandes la perdida de la patria potestad, quiza a lo que te refieres a a tener la Guarda y custodia de la niña, que es algo muy diferente a lo que expones. Dada la edad que tiene la menor, or ley debe permanecer al lado de la madre, lo cual no significa que en determinado momento no puedas demandar la guarda y custodia y ganarla, pero dependera de las circunstancias que alegues, sobre todo de la pericia de tu abogado, aunque lo que quieres es muy pero muy dificil de lograr...no es imposible, acude con tu abogado de confianza. Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 222581
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 19:37 2011-05-08 19:37 desde IP: 189.208.200.29
Adicionalmente a lo que ya le hizo saber el forista Tango210, respecto delapatria potestad y su diferencia con la guarda y custodia, debo precisarle que, con independencia de las condiciones en que vivan los familiares de la madre de su hija, ustes está legalmente obligado a proporcionarle a la menor los medios económicos necesariospara la satisfacción de sus necesidades alimenticias, que comprenden la habitación, la comida, el vestido, la asistencia en caso de enfermedad y la educación.
Si used cumple cabalmente con esa obligación a su cargo, entonces su hija podrá habitar una vivienda que, en concepto suyo, sea más digna; podrá disponer para sí de un baño, sin tener que compartirlo con otros parientes; podrá dormir en una cama, y no en el piso, asimismo, disfrutará de todos los servicios públicos como energía eléctrica, agua potable, drenaje, teléfono, y otro más que, adicionalmente, le brindarán oportunidades de esparcimiento; la niña estará en posibilidades de vestir ropas adecuadas y calzar zapatos que le satisfagan a usted; tendrá una alimentación suficiente en cantidad y calidad, contará con servicios médicos que, en caso de enfermedad, le permitan recibir una adecuada y oportuna atención para que la recupere, o para que la conserve; cursará, de acuerdo a su edad y circunstancias personales, la educación básica, primaria y secundaria, la preparatoria y, si la niña, en su momento lo considera oportuno, una profesión, arte u oficio que le permita vivir dignamente.
Como podrá advertir entonces, las condiciones en que vive su hija y le in
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Autor
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AutorRespuesta No: 222583
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 19:45 2011-05-08 19:45 desde IP: 189.208.200.29
una disculpa por haber enviado la respuesta antes de concluir.
Le decía que si las condiciones en que vive su hija le incomodan, está en sus propias manos resolverlas, cumpliendo con su obligación, aún cuando legalmente, usted no pueda contar con la guarda y custodia de la niña, pues expresamente la ley prevé que la tenga la madre; por el contrario, si usted, a pesar de contar con los medios económicos suficientes para satisfacer esas necesidades de la menor, no cumple con esa obligación, entonces la madre, además de demandarle el pago y aseguramiento de una pensión alimenticia, también podrá solicitar se le condene a usted a perder la patria potestad, habida cuenta que ha tenido a su hija en el abandono, al no cumplir con su obligación de darle alimentos,conducta que pude comprometer su vida, su salud y su integridad física, emocional, psicológica y moral.
Por tanto, es preferible que que le proporcione a su hija los medios económicos que le permitan vivir en las comndiciones que usted desea, en lugar de ser ingrato y desagradecido para quienes, con sus propiaslimitaciones y sin tener la obligación que a usted le corresponde, le han dado a la niña lo que. de acuerdo a sus posibilidades, ha necesitado para vivir, pobremente, pero con dignidad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 226967
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Fecha de respuesta: Domingo 12 de Junio de 2011 13:24 2011-06-12 13:24 desde IP: 189.137.61.203
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