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COBRO DE CHEQUE EN VÍA JUDICIAL
- Consulta : 112518
- Autor : jgl190306
- Publicado : Jueves 12 de Mayo de 2011 20:07 desde la IP: 189.191.16.230
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,236
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 12 de Mayo de 2011
Estimados abogados, espero me puedan ayudar con la siguiente consulta:
Expidieron un cheque a mi favor al portador en julio del 2008, en Ecatepec Estado de México, fue un medio de garantizar una venta de una comadora, este fue por la cantidad de $17,000 pesos. Sinceramente nunca se intento cobrar, pero dejaron de pagar y solamente pagaron por la comadora el 5% de su valor, es por eso que la gran duda que tengo es si lo puedo cobrar por la vía judicial y de ser así, ¿puedo reclamar intereses?, o bien que debo de hacer porque en el banco me dicen que ya no pueden cobrarlo porque el modelo del cheque ya lo cambiaron y el banco ya no lo acepta y he recorrido 5 sucursales sin tener éxito.
De antemano muchas gracias por su apoyo.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 223059
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Mayo de 2011 20:25 2011-05-12 20:25 desde IP: 201.147.83.166
Hola Buenas Tardes
Respecto a lo que mencionas, puedes realizar un juicio mercantil ejecutivo este es procedente en aquellos documentos mercantiles que traen aparejada ejecución, los cuales están identificados en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, como son el cheque, el pagaré, etc.,
No creo que puedas reclamar intereses, puesto que tu lo cobrarias como cheque, esto es, para ejecutar el pago, en otras palabras, no lo estas cobrando en razón de cumplimiento de un contrato, en este caso si podrias cobrar intereses.
Volviendo al juicio mercantil ejecutivo, se realizan las etapas conocidas en el juicio ordinario (demanda, contestación de la demanda, pruebas, sentencia) pero es diferente en que al momento de emplazar (hacerle saber a la otra parte, esto es el deudor, que hay una demanda en su contra) tienes la posibilidad de requerir el pago o garantizar la cantidad que reclamas mediante embargo para después dar oportunidad al deudor de contestar la demanda.
Saludos
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