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QUIERO SABER SOBRE MI FINIQUITO

  • Consulta : 140678
  • Autor : siztha-dread_NR
  • Publicado : Sábado 03 de Marzo de 2012 16:24 desde la IP: 189.215.189.185
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,236
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  • Autor
    Consulta

  • siztha-dread_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    buena tarde:

    loq ue pase que hace ya dos meses aproximadamente deje de laborar en una empresa llamada modatelas por motivos de salud lo que paso es qe me intoxique ellos me mandaron al seguro social y ahi mismo me atendieron pero los medicamento s que me dieron no me surtieron efecto entonces fui con una doctora particular y me di otor medicamento pero era muy incomod poder ir a atrabajar con la qomezon y peor a un que salio en zonas muy delicadas por lo cual yo lleve mis recetas y le explique lo sucedido a mi gerente y por supuesto ella queria qe me precentara a trabajar en ese estado por que si no me hiban a dar de baja por otra parte tambien le dije que que motivo me tenia de un descuento qe me habia hecho en mi nomina y ella me respondio que atodos en general nos habian descontado pero no habia motivo por el cual me descontaran por qe solo falte un dia que fue el 1 y ella me dijo que falatara porque  me dbia dias porqe trabaje mas dias sin descansar dias que aun me quedo a adeber  entonces me dijo que hiciera mi renuncia porqe a un asi el sistema me hiaba a dar de baja uy me dijo que fuera por mi finiquito entonces qiero saber aqe procede esto por  ella no me da razon

    espero y me puedN REPONDER.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 256797

  • CARLOS_JC
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    SI LA INTOXICACIÓN FUE A CAUSA DEL MANEJO DE PRODUCTOS QUÍMICOS O DE LA COMIDA QUE TE ASIGNA LA EMPRESA SE PUEDE IMAR COMO ACCIDENTE DE TRABAJO, ADEMÁS DE QUE SI FUISTE INTERVENIDA POS EL IMSS, TE DEBIERON DE DAR UNA INCAPACIDAD PARA JUSTIFICAR LAS INASISTENCIAS, PARA PODER DESVIRTUAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS DESCUENTOS INJUSTIFICADOS QUE HIZO EL PATRON…

    POR LO QUE COMENTAS SE ESTA DANDO UN ACTO DE DESPIDO INJUSTIFICADO, A LO QUE TE SUGIERO , … QUE NO FIRMARAS UNA RENUNCIA HASTA QUE TE DEN LO QUE ES JUSTO, COMO TU INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL CONSISTENTE EN TUS TRES MESES DE SALARIO INTEGRO, PRIMA DE ANTIGÜEDAD, PRIMA VACACIONAL, PROPORCIONAL AL AGUINALDO, …

    … SI ERES DE ACAPULCO PUEDES CONTACTARME AL 044 74 41 32 09 72 Y TE PODRE AYUDAR EN CUALQUIER CONFLICTO LABORAL.

    EN SU DEFECTO, SI TIENES INSEGURIDAD DE ACUDIR EN LA AYUDA QUE TE OFREZCO, PUEDES ACUDIR ANTE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN MAS CERCANA A TU LOCALIDAD, EN EL ÁREA DE LA PROCURADURÍA DEL TRABAJO, AHÍ PUEDES TAMBIÉN PUEDES TAMBIÉN OBTENER UNA ASESORÍA JURÍDICA…     

     

    LA MEJOR OBCIÓN ES DEMANDAR, ASÍ QUE PUEDES IR A  LA PROCUDADORÍA DEL TRABAJO.



  • Autor
    Respuesta No: 256810

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Su consulta me parece muy confusa y contradictoria. Como lo señala Carlos JC, si la intoxicación fue producto o a consecuencia de su trabajo, es un riesgo de trabajo, pero usted debió señalarlo así en el IMSS, para que se determinara como tal y además, si no cedió la intoxicación, debió volver al IMSS, para que le cambiaran el medicamento y/o le extendieran la incapacidad. NO FIRME NINGÚN DOCUMENTO QUE IMPLIQUE RENUNCIA. Acuda a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Estado o con un Abogado especialista en derecho laboral (No todólogo, ni coyote), para que estudien su caso personalmente y en caso de despido injustificado, le representen en la demanda, la cual debe ser interpuesta antes de que se cumplan los dos meses del despido, pero si ya se cumplieron, ya no procede la demanda. Si usted no tiene incapacidad, ni autorización por escrito del patrón para faltar a sus labores, las faltas son injustificadas y cuatro o más faltas injustificadas son causal de DESPIDO JUSTIFICADO, pero si el despido no se hace conforme lo dispone la Ley, se considera injustificado.  



  • Autor
    Respuesta No: 256812

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    fe de erratas, debe decir:

    Si usted no tiene incapacidad, ni autorización por escrito del patrón para faltar a sus labores, las faltas son injustificadas y cuatro o más faltas injustificadas, en un término de treinta días, son causal de DESPIDO JUSTIFICADO, pero si el despido no se hace conforme lo dispone la Ley, se considera injustificado.



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