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COBRO RETROACTIVO CFE
- Consulta : 137862
- Autor : Judo
- Publicado : Lunes 06 de Febrero de 2012 17:33 desde la IP: 189.139.97.239
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,234
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 06 de Febrero de 2012
Saludos
Trabajo en una empresa, cuando cerraron Luz y Fuerza, CFE me cobro por estimaciones como unos 7 meses. Pasado el tiempo fue reviso lecturas y medidor. Me avisaron que ya se tomaria lectura y dijeron que debia dinero por la estimacion, ya que mi consumo real era mas alto. Me enoje pero al fin como monopolio, no me quedo de otra y pague ajustes de 7 meses atras. Ahora llegaron a revisar de nuevo y resulta que el medidor tiene un error en el factor de medicion y que por ese motivo me tienen que cobrar un ajuste por mala medicion de centenares de miles de pesos! ¡ y de dos años atras!.
Si se paga eso, el dueño hasta piensa en mejor cerrar y a ver a quien le cobra CFE. La verdad aunque me duele, pienso que tiene razon. Yo lo he acompañado desde la apertura del negocio y siempre ha sido un problema la energia electrica.
Por otro lado y si me pueden ayudar ustedes: El medidor es su responsabilidad, ¡no mia!, sobre todo que llega en alta tension, nosotros no podemos, ni sabemos como hacerlo y sobre todo por que dicen que los aparatos de adentro miden otra cosa a lo que dice un letrero afuera. Nunca se ha tocado algo de esa parte. ¿Como puedo defender mi fuente de trabajo?. Soy el responsable de la planta y me doleria mucho que 23 familias tuvieran problemas por un abuso de este tamaño. Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 253860
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Febrero de 2012 16:53 2012-02-08 16:53 desde IP: 201.141.111.173
Cuantan con cuerenta y cinco días a partir de que les notifiquen o notificaron el "reajuste de facturación", para impugnarlo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y adminsitrativa, Requiere los servicios de un abogado fiscalista, no coyote, no tinterillo, no usurpador, no contado, a efecto de que les formulen los agravios correspondientes ya sean de forma o de fondo, en el sentido de que pueden existir violaciones el el procedimiento o en el cálculo de la refacturación.
Rubro del documento:
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
AJUSTES EN LA FACTURACIÓN POR CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EMITIDOS POR LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. SON IMPUGNABLES ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.-
Texto:
Las resoluciones por las que la Comisión Federal de Electricidad ajusta la facturación por consumo de energía son impugnables ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, pues encuadran en el supuesto de la fracción XIII del artículo 11 de su Ley Orgánica, ya que constituyen un acto de autoridad de la Comisión Federal de Electricidad, pues la misma realiza tales ajustes de manera unilateral con base en las atribuciones que le confieren la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica y su Reglamento, y existe una relación de supra-subordinación con el particular. Por otra parte, dichos ajustes se efectúan respecto del servicio público prestado de manera exclusiva por el Estado, con base en un contrato que los particulares sólo pueden celebrar con aquél. Por último, las resoluciones conteniendo el ajuste en la facturación, ponen fin a un procedimiento, como lo es el previsto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. (2)
Precedente(s):
Contradicción de Sentencias No. 2973/02-16-01-4/y otro/389/04-PL-10-01.- Resuelto por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 5 de octubre de 2005, por mayoría de 7 votos a favor y 4 votos en contra.- Magistrado Ponente: Guillermo Domínguez Belloc.- Secretario: Lic. Raúl García Apodaca.
(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/39/2005)
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Autor
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AutorRespuesta No: 279746
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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Agosto de 2012 15:52 2012-08-10 15:52 desde IP: 189.209.73.96
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