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CAMBIO DE CONDICIONES DE TRABAJO Y LUEGO MATERNIDAD
- Consulta : 256133
- Autor : dudas88
- Publicado : Jueves 12 de Febrero de 2015 00:33 desde la IP: 189.252.190.77
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,226
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 12 de Febrero de 2015
HOLA
UNA EMPLEADA TRABAJO 3 MESES SIN SEGURO SOCIALY SIN CONTRATO ESCRITO, ESTUVO A PRUEBA Y LUEGO A LOS 3 MESES SE LE DIO DE ALTA EN EL SEGURO SOCIAL CON UN SALARIO DE 890 SEMANALES (TENIENDO UN PAGO REAL MAYOR). ASI CONTINUO HASTA QUE 6 MESES DESPUES FALTO A SU TRABAJO MAS DE 10 DIAS. SE LE REINSTALO SIN PROPIAMENTE MENCIONARSELO, PERO LAS NUEVAS CONDICIONES DE TRABAJO QUE VERBALMENTE SE ESTIPULARON FUERON TRABAJAR MEDIO TURNO Y RECIBIR LA MITAD DE LO QUE PERCIBIA ANTERIOREMENTE(750 SEMANALES). ELLA ESTUVO DE ACUERDO, Y TAN ESTUVO DE ACUERDO QUE ASI TRABAJO POR LOS SIGUENTES 4 MESES, HASTA QUE LE DIERON SU INCAPACIDAD POR MATERNIDAD. EL IMSS LE PAGO EL 100% DEL SALARIO REGISTRADO (890) QUE ES MAYOR AL QUE ESTUVO PERCIBIENDO LOS ULTIMOS 4 MESES(750). EL DIA QUE RECIBIO EL PAGO POR INCAPACIDAD SE PRESENTO AL LUGAR DE TRABJO A PEDIR QUE SE LE PAGARA UN 50% ADICIONAL POR EL SUELDO QUE ELLA PERCIBIA 4 MESES ANTES, Y MI RESPUESTA FUE QUE EL SEGURO LE PAGO LO QUE ELLA GANABA.
ELLA ME PIDE LE PAGUE LA DIFERENCIA. DEBO PAGARLA AUNQUE ELLA TRABAJO 4 MESES CON NUEVAS CONDICIONES DE TRABAJO VERBALES QUE ACEPTO(NUNCA SE QUEJO ANTES DE LA INCAPACIDAD) DURANTE 4 MESES?
AHORA ELLA AMENAZA CON EL IMSS , CON EL CONTRATO, CON LAS FIRMAS ETC, YO SOLO TENGO EL REGISTRO EN EL IMSS FIRMADO POR ELLA DESDE HACE 8 MESES (CON SUELDO DE 890) Y CUATRO MESES SIN QUEJA POR PARTE DE ELLA (CON SUELDO DE 750)
QUE HAGO, LE OFREZCO DINERO O BUSCO PELEA. TENGO VIDEOS RECIENTES DONDE ELLA RECONOCE SU SUELDO ESOS MESES.
SI LE PAGO CUANTO LE PAGO? O CUANTO LE OFREZCO?
GRACIAS DE ANTEMANO
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 374566
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Febrero de 2015 08:44 2015-02-12 08:44 desde IP: 189.211.135.22
Usted no debió modificar unilateralmente las condiciones de trabajo de su empleada, reduciéndole la jornada de trabajo y el salario; al hacerlo, es usted quien incurrió en una acción deshonesta que puede dar lugar a que ella le reclame, no en la forma que actualmente lo hace, sino mediante demanda forman ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, el pago de la diferencia de salarios cobrados durante esos 4 meses, y la rescisión del contrato de trabajo por causa imabloe al patrón, lo que traerá como consecuencia que, además, deberá pagarle la indemnización constitucional, prima de antigüedad, 20 días de salario por cada año de servicios, partes proporcionales de vacaciones,prima vacacional y aguinaldo, así como salarios caídos hasta por 12 meses.
Lo que debió usted hacer, si como señala, la trabajadora incurrió en más de 3 faltas en un período de 30 días, fue rescindirle su contrato ajustándose a los procedimientos establecidos por la Ley Federal del Trabajo y asistida de un abogado especialista en Derecho Laboral, y si no lo hizo transcurridos 30 días, contados a partir de la última falta, prescribió su derecho a dar por terminada la relación laboral sin responsabilidad para usted, y no continuar la relación laboral bajo nuevas condiciones como las que comenta.
Adicionalmente, debo señalarle que los contratos a prueba, en primer lugar no son por el tiempo que decide determinar el patrón, ni tampoco bajo las condiciones que él, desea; dicho período a prueba, solamente es permitido en los contratos por tiempo determinado con duración mayor a un año y, además, el lapso no puede exceder de 30 días; y si aunado a lo anterior, ella cuenta con copia del contrato escrito, o en el juicio demuestra su existencia, de por sentado que va a resultar condenada y tendrá que pagarle las prestaciones que ya le mencioné, más otras a las que pudiera tener derecho la trabajadora.
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