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DERECHO DE TANTO AGRARIO
- Consulta : 188037
- Autor : enrique_yga_NR
- Publicado : Lunes 25 de Febrero de 2013 01:40 desde la IP: 187.156.164.36
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,231
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 25 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Nuevo León
compramos un cesiom de una parcela, el ejidatario nos presento a su esposa e hijos y firmaron para aceptar la venta contra el derecho del tanto, la asamblea acepto la venta y se hizo la compra, años despues aparece una esposa que quiere el derecho del tanto y tiene su acta de matrimonio con fecha anterior a la compra, Los ejidatarios no la conocian solo a la esposa anterior y la nueva esposa se espero a que el ejidatario murkier a para ejercicio su derecho del tanto, como nos podemos defender? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 360383
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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Julio de 2014 01:23 2014-07-20 01:23 desde IP: 201.141.253.42
Que te demande en el Tribunal. Pero en este caso, por el tiempo que ya pasó, la carga de la prueba es para ella.
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Autor
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AutorRespuesta No: 374571
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Fecha de respuesta: Jueves 12 de Febrero de 2015 11:50 2015-02-12 11:50 desde IP: 189.148.179.181
ESTA CONFUSA TU CONSULTA. PERO A VER SI LE ENTENDÍ. MEDIANTE CONTRATO DE CESION DE DERECHOS EN TERMINOS DEL ARTICULO 80 DE LA LEY AGRARIA, ADQUIERES UNA PARCELA EJIDAL. SI LA ESPOSA Y LOS HIJOS MANIFESTARON EN SU MOMENTO RECHAZARON EL DERECHO DEL TANTO QUE TENIA, Y DESPUES APARECE OTRA ESPOSA, AHORA ELLA DEBERIA DE DEMANDAR LA NULIDAD DE DICHA CESION DE DERECHOS.
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