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PRIMA DE ANTIGUEDAD

  • Consulta : 99645
  • Autor : Jerry_Laws
  • Publicado : Miércoles 26 de Enero de 2011 20:15 desde la IP: 148.221.217.192
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,087
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  • Autor
    Consulta

  • Jerry_Laws
    USUARIO REGISTRADO

    La pequeña empresa para la que trabajo esta cerrando porque quebro el negocio segun los dueños,

    En mi li quidacion no me quieren pagar la prima de antiguedad alegando que no cumpli los 15 años laborando que dice la ley, la empresa apenas tiene 3 mismos que yo labore para ellos.

    Es esto correcto ?

    Tengo derecho a que se me pague una prima por antiguedad o no ?

    Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 207207

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    claro que deben pagarte una prima de antiguedad, ya que la ley dice que la prima de antiguedad se debe pagar a todo trabajador que sea despedido injustificadamente o justificadamente de su trabajo tambien en el caso de que se haya loborado 15 años o mas y el trabajador renunciara voluntariamente en este caso tambien aplica; solo en el supuesto que el trabajador renuncie, es como no aplicaria el pago de prima de antigüedad, a un que tuvieras 14 años 11 meses no te pagarian esa prima,

    La prima tiene como tope maximo el equivalente a dos salarios minimos generales de la sona geografica de tu localidad.



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